La reforma de la plusvalía ahorra 50 millones a contribuyentes que alegaron ventas a pérdidas
El decreto estatal saca del limbo más de 12.000 expedientes que los ayuntamientos de la provincia dejaron en suspenso tras la sentencia del Constitucional de 2017
El golpe que el Tribunal Constitucional dio el pasado mes de octubre al impuesto de la plusvalía municipal fue el definitivo para tumbar el sistema ... por el que se calculaba su base imponible porque gravaba la teórica revalorización que experimentaba el suelo pese a que el mercado inmobiliario dijera lo contrario. Pero este tributo que hay que abonar cuando se vende o hereda un inmueble llevaba herido desde que en mayo de 2017 el alto tribunal anuló el pago cuando la transmisión del inmueble se hiciera por debajo de su valor real; es decir, algo tan aparentemente lógico como que no hubiera ganancia patrimonial con la transacción.
La reacción de la mayoría de ayuntamientos fue suspender el cobro cuando el contribuyente alegara esa venta a pérdidas, pero sin poder llegar a resolver los expedientes porque faltaba la pertinente base legal. De hecho, han continuado enviando notificaciones a los afectados para mantener vivos los expedientes y evitar que prescribieran a los cuatro años.
La esperada reforma de la Ley de Haciendas Locales, en vigor desde noviembre del año pasado, ha llegado cuatro años y medio después. Un trámite que va a permitir que se resuelvan de forma definitiva más de 12.000 expedientes que en este periodo se han ido acumulado en el cajón de los municipios malagueños y que, unidos a las miles de peticiones de devolución de particulares, promotoras y bancos que pasaron por caja y reclamaron a raíz de la sentencia suponen un montante de unos 50 millones de euros. Un dinero que dejarán de embolsarse las arcas públicas y que, por tanto, quedará en el bolsillo de los contribuyentes.
La norma también despeja el camino en los tribunales, donde hay cientos de peticiones de devolución del dinero abonado
Además de despejar el camino en la vía administrativa, el nuevo marco legal también aclara las cosas en los tribunales, donde además de verse sobrecargados con un aluvión de procedimientos (ocho de cada diez recursos en materia tributaria que llegan a los juzgados de Málaga tienen que ver con la plusvalía) a la hora de resolver los jueces tenían que decantarse entre valorar la normativa vigente o la jurisprudencia.
El Ayuntamiento de Málaga fue uno de los primeros del país en reaccionar al mandato judicial suspendiendo el cobro cuando el contribuyente alegara esa venta en pérdidas. Y ahora que ya cuenta con la reforma exprés del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) que aprobó el Gobierno central es cuando toca revisar las más de siete mil liquidaciones acumuladas en este periodo.
Según explica el concejal de Economía, Carlos Conde, los técnicos del órgano municipal de Gestión Tributaria (Gestrisam) deben cotejar ahora que, tal y como declararon los contribuyentes, se puede acreditar esa inexistencia de incremento de valor de los terrenos desde la última transmisión. De confirmarse, se cerrará el expediente, pero en el Consistorio dan por hecho que habrá supuestos en los que finalmente habrá que requerir el pago del impuesto. E incluso proceder a la devolución de quienes pasaron por caja y a raíz de la sentencia decidieron reclamar. «Se está trabajando para calcular esa deuda», apunta el edil.
Caída de los ingresos
En el Ayuntamiento no aportan cifras sobre el impacto económico de estos expedientes que quedaron congelados porque, aseguran, sólo se podrán cuantificar con exactitud cuando se complete el análisis de todas las liquidaciones. No obstante, para hacerse una idea basta señalar que sólo en el primer año tras el fallo del Constitucional el Consistorio de la capital dejó de ingresar 11 millones de euros.
«Otros ayuntamientos sí cobraron, pero nosotros no. Fuimos pioneros en dejar de cobrar si se declaraba que no había ganancia patrimonial hasta que se demostrara», remarca Conde. Freno al cobro, pero sin dejar morir los expedientes, ya que la maquinaria administrativa de Gestrisam ha seguido funcionando en los últimos meses para mantener vivas todas las liquidaciones que se practicaron pero no se pasaron al cobro para evitar sus prescripción a los cuatro años.
El panorama es similar en el Patronato de Recaudación Provincial, que gestiona el cobro de este tributo en 79 municipios como Marbella, Estepona o Rincón de la Victoria y que mantiene vivas unas cinco mil declaraciones de no sujeción presentadas desde junio de 2017. «No son firmes porque estaban pendientes de resolver, así que ahora sí que podrán quedar archivados», apuntan desde el órgano dependiente de la Diputación.
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De esta forma se pone fin a la inseguridad de los ayuntamientos durante estos cuatro años y medio en los que han venido cumpliendo el mandato judicial sin una legislación que la sustentara. Una demora a la hora de legislar que se tornó en urgencia tras el último pronunciamiento del Constitucional en el que tumbaba el impuesto al declarar nulos los artículos que establecían cómo se calculaba este tributo que genera 2.500 millones de euros anuales a los ayuntamientos (170 en los de la provincia de Málaga).
Ante semejante agujero sí que entraron las prisas en legislar. El fallo se conoció el 26 de octubre y apenas dos semanas después, el 10 de noviembre, ya había entrado en vigor el Real Decreto 26/2021 que esquivaba la suspensión modificando ese método de cálculo y, de paso, aprovechando la ocasión para añadir al articulado la exención del pago en ventas sin beneficio patrimonial. Desde entonces, no se producirá la sujeción al impuesto en las transmisiones de terrenos en la que se constate la inexistencia de incremento de valor en virtud de la diferencia entre el precio de adquisición y el de venta. El interesado podrá acreditar esa ausencia de beneficio mediante la escritura de compraventa.
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