Procesan por posible denuncia falsa a los hombres que acusaron a Isidro Lozano y lo llevaron a prisión por un delito que no cometió
El juez considera que actuaron con conocimiento de su «falsedad» al denunciar al empresario marbellí, que pasó un año en la cárcel de Alhaurín de la Torre
La lucha de Isidro Lozano por reafirmarse en su inocencia sigue avanzando, poco a poco. El marbellí que pasó un año en prisión por ... un crimen que no cometió ha conseguido ahora, doce años después de que comenzase la pesadilla, que procesen a los dos hombres que lo acusaron. El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Estepona ha abierto un procedimiento abreviado contra ellos por posible delito de denuncia falsa.
Isidro ingresó en prisión por un delito de lesiones y pasó casi un año entre rejas, hasta que el Tribunal Supremo reconoció su inocencia tras una batalla legal sin cuartel capitaneada por el abogado Jordi Ventura (siempre impulsado por la mujer de Isidro, María del Mar). Con la respuesta favorable al recurso de revisión del Supremo en la mano, Ventura presentó la correspondiente querella contra quienes acusaron a Lozano, que ahora pueden tener que enfrentarse a entre tres meses y dos años de prisión.
El juez da por terminadas las diligencias previas y dispone que se continúe el proceso para determinar si quienes acusaron a Isidro cometieron un delito de denuncia falsa en concurrencia con un delito de estafa procesal; o, subsidiariamente, de falso testimonio en concurrencia con el de estafa procesal. En su querella, la acusación del abogado de Isidro describe los hechos como estafa procesal, denuncia falsa y delito de falso testimonio.
En el auto, su señoría hace una revisión del caso, en la que describe que los ahora procesados acusaron a Isidro «con conocimiento de su falsedad». De igual manera hace referencia a que mantuvieron su falsa acusación a lo largo de todo el proceso, en todas las dependencias y en la vista oral del juicio. El juez también subraya la resolución del Supremo, en la que queda de manifiesta la falsedad de las acusaciones de los querellados: «Consecuentemente la incompatibilidad horaria es evidente, pues al tiempo del alta de la víctima, 12.59 horas [momento de la agresión], el recurrente en revisión [Isidro] estaba en el hospital, hasta las 13:06, distante a 30 kilómetros».
De igual manera, en el auto se señalan las secuelas físicas y psíquicas que experimenta en la actualidad Isidro, a consecuencia de su paso por la cárcel. En la actualidad sufre (como acredita el informe médico-forense) sintomatología psíquica derivada de un trastorno de estrés Postraumático, reactivo a situación personal, y que afecta a diversas áreas de su vida diaria. También se enfrenta a una restricción moderada en las actividades de la vida cotidiana, con períodos de crisis en los cuales se agudizan las manifestaciones clínicas.
El auto de transición al procedimiento abreviado es un nuevo paso más en el camino de Isidro, pero aún queda mucho por hacer. Precisamente hace pocas semanas la Justicia le concedía tan solo 4.000 euros de los más de 900.000 que solicitaban por el fallo judicial. Jordi Ventura ya prepara el recurso contra esta decisión de la Audiencia Nacional.
Por otra parte, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, encargada de la acción disciplinaria sobre los jueces, rechazó en 2019 llevar a cabo cualquier tipo de sanción contra el magistrado que ordenó el ingreso en prisión de Isidro. Esta decisión fue recurrida por el abogado de la familia, que apeló al Tribunal Supremo, órgano que ahora ha vuelto a negar la apertura de un expediente sancionador al juez, ya que considera que los denunciantes están solicitando hacer una revisión probatoria de los hechos (algo vedado a estos organismos), pese a que en el recurso únicamente piden que se investigue si el magistrado ha cumplido su deber a la hora de examinar las actuaciones que terminaron con un inocente en Alhaurín de la Torre.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión