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Entrenadores, profesores, monitores… ¿qué exige la ley para trabajar con menores?

La condición se extiende tanto a profesionales como a personas voluntarias que mantengan un contacto regular y directo con niños y adolescentes

Martes, 2 de septiembre 2025, 11:05

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La ley de protección integral a la infancia y adolescencia es tajante. Cualquier entrenador, profesor, monitor o persona que desempeñe una profesión, oficio u actividad ... que conlleve un contacto regular con menores de edad debe cumplir un único requisito: contar con un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual.

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