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Si ya es duro perder a un ser querido, más aún lo es no poder despedirse de él. La pandemia del Covid-19 ha retorcido al extremo la dureza de ese momento, el de la despedida, negándole a las familias el último adiós. La expansión del coronavirus ha obligado al Gobierno a restringir todavía más los funerales: solo se permite asistir a tres allegados.
La orden del Ministerio de Sanidad, dictada anoche y publicada hoy en el BOE, establece una serie de medidas «excepcionales» en relación a los velatorios y ceremonias fúnebres, a la vista de la propagación del virus Covid-19, que sustituyen -y endurecen- las del real decreto del 14 de marzo por el que se decretó el estado de alarma en España.
Hasta hoy, el Gobierno permitía los funerales, aunque condicionados a la «adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas», en función de las dimensiones y características de los lugares, «de tal manera que se garantizara a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro».
Sin embargo, Sanidad reconoce en la orden que, «debido a las especiales características que rodean las ceremonias fúnebres, es difícil asegurar la aplicación de las medidas de contención y distanciamiento», unido al hecho de que «familiares o allegados del fallecido han podido ser contactos estrechos, por lo que deberán permanecer en sus casas observando la cuarentena«.
Aunque algunas comunidades autónomas -como Andalucía- ya se habían adelantado a la orden ministerial, el Gobierno prohíbe desde hoy toda clase de velatorios en cualquier tipo de instalación, ya sean pública, privada o domicilio particular, «independientemente de la causa del fallecimiento», subraya el texto publicado hoy en el BOE.
En el caso de las muertes por Covid-19, también prohíbe las prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia u otras similares por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver. De hecho, se recomienda no realizar autopsias a los fallecidos por coronavirus, ya que algunos órganos siguen siendo contagiosos después de la muerte.
Las misas y otros cultos religiosos, así como las ceremonias civiles, se pospondrán hasta que finalice el estado de alarma. El Gobierno restringe a un máximo de tres familiares o allegados -aparte del ministro de culto- la participación en el enterramiento o despedida para la cremación, respetando siempre la distancia de seguridad. Esta medida ya se venía aplicando en Parcemasa (Málaga) desde hace días, como informó este periódico.
Otra de las novedades importantes en la orden ministerial es la regulación de los servicios funerarios, que «no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo«. Incluso va más allá y establece que, en los ya abonados, la empresa iniciará de oficio la devolución de la diferencia y concede al usuario seis meses desde la finalización del estado de alarma para reclamar el reembolso.
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