La sentencia de las zonas verdes contra el Ayuntamiento beneficiará a más de 60 grandes comunidades de propietarios en Málaga
Urbanismo ya trabaja en un calendario para que el Consistorio vaya asumiendo el mantenimiento de jardines que ahora costean los vecinos
La sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que obliga al Ayuntamiento de Málaga a establecer un límite temporal para las grandes ... comunidades de propietarios que están obligadas a mantener zonas verdes de la ciudad de uso público puede terminar beneficiando a más de sesenta entidades vecinales de conservación que están constituidas y en funcionamiento. Como ha avanzado SUR este jueves, a raíz de un recurso contencioso presentado por la junta de promotores del nuevo sector de El Pato II, en el litoral oeste de la capital, el alto tribunal andaluz ha determinado que el Consistorio no puede obligar a los residentes de una determinada zona a costear y contratar el mantenimiento de espacios ajardinados de uso público por tiempo indefinido.
Este fallo judicial firme, que sienta jurisprudencia, puede animar a otras entidades urbanísticas de conservación a presentar un pleito que obligue al Ayuntamiento a establecer un límite temporal para el funcionamiento de estas comunidades vecinales que se crean para costear el mantenimiento de zonas verdes públicas. El TSJA no entra a concretar cuál debe ser ese plazo (los promotores de El Pato II apuntaban en su demanda que fuera de 10 años como sucede en Rincón de la Victoria), y señala que debe ser la administración municipal la que lo fije «en atención a sus propios medios y recursos».
No obstante, la concejala de Urbanismo, Carmen Casero, ha aclarado que no van a esperar a que se presenten más pleitos por parte de otras entidades de conservación y ha asegurado que su departamento y el Área de Sostenibilidad Medioambiental están trabajando ya en un cronograma para ir asumiendo por fases el mantenimiento de zonas verdes que actualmente costean los vecinos. «Estamos elaborando una hoja de ruta para ir recepcionando las zonas ajardinadas por fases, viendo el soporte jurídico y presupuestario que tenemos», ha explicado Casero, quien ha señalado que asumen este fallo judicial «con responsabilidad» si bien ha apuntado que hasta el último momento han estado aportando argumentos en contra del sentido que ha tenido.
Finalmente, el TSJA ha dado la razón a los promotores de El Pato II, defendidos por el despacho de Ius Urbis, y ha admitido que la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), en su artículo 98.4, señala que «excepcionalmente, la conservación de las obras de urbanización corresponderá a las personas propietarias de solares, agrupados legalmente en entidad urbanística de conservación y por el plazo establecido en su constitución». Para el tribunal, de esta norma «se desprende que el legislador ha querido a través de esta ley que las entidades urbanísticas de conservación se constituyan por plazo determinado, el cual vendrá objetivado por el tiempo en que el Ayuntamiento pueda integrar en su estructura las tareas que desempeñan aquellas». «La duración indefinida de estos entes contraviene frontalmente el principio de seguridad jurídica una vez cumplidos los fines que en su día les fueron asignados», remarca la sentencia confirmada.
Con estos argumentos, son más de sesenta las entidades de conservación de Málaga las que podrían demandar al Ayuntamiento que les aplique un límite temporal para dejar de mantener jardines de uso público. Las que lleven más años constituidas podrían solicitar dejar de realizar esta labor, y las más recientes, que se les aplique un determinado plazo para su extinción. No obstante, la Gerencia Municipal de Urbanismo ha tomado nota y va a dejar de endosar a los vecinos el mantenimiento de las zonas verdes cercanas a sus viviendas 'sine die'.
Urbanismo ha defendido que estos trabajos tienen un coste «insignificante» para los ciudadanos y que así participan «en el cuidado de lo público»
En el recurso de casación autonómico que presentó el Ayuntamiento ante el TSJA para oponerse a la sentencia, y que fue inadmitido el pasado día 7 por el tribunal, Urbanismo señalaba que también podría imponer a las entidades vecinales de conservación la limpieza viaria, y el mantenimiento de las calles y el alumbrado, y que sin embargo no lo hace, exigiendo solo los trabajos relativos a zonas ajardinadas. Para el Consistorio, «el coste que supone para los ciudadanos integrados en las entidades urbanísticas de conservación es insignificante, en relación con el beneficio que se obtiene, no ya sólo por cuanto se establece un especial vínculo por aquellos con esas zonas verdes situadas cerca de sus viviendas, sino también porque se fomenta una mayor participación vecinal en el cuidado de lo público».
A diferencia de lo establecido por el TSJA, el Ayuntamiento considera que la normativa urbanística vigente da potestad a los municipios para que decidan cuál tiene que ser la duración de una entidad vecinal de conservación. «Ni lo hacía la LOUA, ni lo hace la LISTA», señala el recurso de Urbanismo que ha sido inadmitido. Para este organismo municipal, «no existe ningún obstáculo legal para que estas entidades urbanísticas de conservación sean creadas con vocación de permanencia indefinida en el tiempo».
Con todo, desde la Gerencia de Urbanismo se señala en el recurso rechazado que «no es lo mismo duración indefinida que perpetua, pues nada impide que, como ha venido ocurriendo, el Ayuntamiento vaya asumiendo parte de la urbanización hasta hacerse cargo totalmente y pueda acordar la disolución de la entidad urbanística de conservación, al desaparecer su objeto, siendo en todo caso una potestad que se otorga por el legislador autonómico a la administración local».
En cambio, el TSJA mantiene que «la tendencia legislativa y jurisprudencial actual considera que el plazo determinado de las entidades urbanísticas de conservación se ha de hacer constar expresamente en sus estatutos, siendo improcedente un plazo indefinido». «No sería razonable entender que, como la conservación no acaba un día concreto, nunca se cumplen los fines» de una entidad urbanística, abunda la sentencia del tribunal regional.
Un coste «inasumible» para las arcas del Consistorio pero que va a tener que afrontar
El Ayuntamiento es consciente del esfuerzo económico que le implica asumir el mantenimiento de un buen número de zonas verdes que ahora financian los vecinos. Así lo admite la Gerencia Municipal de Urbanismo en el recurso de casación autonómico que ha sido inadmitido por el TSJA, en el que se señala expresamente que la «repercusión» de la firmeza de la sentencia «puede suponer que la totalidad de las entidades urbanísticas de conservación que, al día de hoy, se encuentran en funcionamiento soliciten la limitación temporal en su duración».
Para Urbanismo, esto sería «gravemente dañoso para los intereses generales ya que, por una parte, se resentiría la participación ciudadana en lo público y, por otro, obligaría al Ayuntamiento a un esfuerzo económico inasumible», si bien no se apunta cifra alguna en el documento. No obstante, estos argumentos no han sido tenidos en cuenta por la sede central del TSJA en Granada a la hora de tomar en consideración el recurso de casación del Consistorio, que finalmente ha sido inadmitido. Para el alto tribunal andaluz, las argumentaciones municipales contra la sentencia «se ciñen a configurar, de forma errónea, este recurso como si se tratase de una tercera instancia, para volver a discutir sobre la limitación temporal de las entidades urbanísticas de conservación».
Consciente del esfuerzo económico que supone para los vecinos que tengan que asumir el mantenimiento de zonas verdes públicas de la ciudad, el Ayuntamiento activa anualmente una línea de ayudas para subvencionar esta tarea. La convocatoria de este año se encuentra abierta hasta el próximo día 28, cuando acaba el plazo para que las entidades urbanísticas de conservación y las comunidades de vecinos puedan solicitar estas aportaciones.
Las bases para otorgar estas subvenciones establecen que sean zonas verdes de libre acceso para toda la ciudadanía y que tengan una superficie mínima de 1.500 metros cuadrados. El presupuesto consignado para esta convocatoria es de 700.000 euros, de los que 525.000 euros serán repartidos de forma equitativa entre todas las entidades solicitantes que cumplan los requisitos establecidos y los 175.000 euros restantes se distribuirán entre las asociaciones vecinales y entidades urbanísticas de zonas residenciales.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión