Así queda la pensión máxima para 2021 en España
El BOE publica el real decreto que refleja la revalorización de las prestaciones de la Seguridad Social
SUR/ AGENCIAS
Miércoles, 27 de enero 2021, 13:10
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles 27 de enero ha publicado el real decreto que refleja la subida de las pensiones ... para este año 2021. En concreto, lo hace en el Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021. También se refleja la pensión máxima que se podrá cobrar en España en 2021.
El Consejo de Ministros aprobó esta semana el Real Decreto-ley por el que las pensiones se revalorizan, con carácter general, un 0,9% para este año, salvo en el caso de las no contributivas, que suben un 1,8%.
Esta subida, contemplada en los Presupuestos Generales del Estado para este año y cuyo coste rondará los 1.500 millones de euros, ya se ha aplicado en la nómina de las pensiones de enero y supondrá un aumento de las prestaciones para 11,1 millones de pensionistas
El real decreto fija la pensión máxima, que será de 2.707 euros: «El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.707,49 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder. Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que la persona pensionista tenga derecho a percibir menos o más de 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía pueda alcanzar o no supere, respectivamente, 37.904,86 euros, en cómputo anual«
Por lo tanto, las pensiones que excedan de esta cantidad (2.707,49 euros mensuales) no se revalorizarán, salvo los casos expuestos anteriormente.
La nómina de las pensiones contributivas superó en enero por primera vez los 10.000 millones de euros tras aumentar un 3,2% respecto al mismo mes de 2020. En esta cantidad ya está incluida la revalorización de las pensiones del 0,9%.
Salvaguarda para la jubilación
Junto a la revalorización de las pensiones, la norma prorroga la cláusula de salvaguarda para la jubilación, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, una medida que Escrivá ha calificado de «justicia» y que permitirá que a todos los trabajadores que salieron del mercado laboral en la anterior crisis se les aplique el régimen de jubilación preexistente antes de la reforma de pensiones de 2011.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya confirmó el pasado 29 de diciembre que se prorrogaría esta cláusula para 2021.
Con la aprobación de la prórroga aprobada por el Gobierno, se garantiza, con efectos desde el 1 de enero, la aplicación de la normativa previa a la reforma de 2011 para determinados colectivos que vieron extinguida su relación laboral antes del 1 de abril de 2013 y no pudieron incorporarse a un empleo después.
Esta situación está condicionada a que después de esa fecha ninguna de estas personas haya sido incluida en algún régimen de la Seguridad Social.
También pueden acogerse las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa, así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales, aprobados, suscritos o declarados con anterioridad a 1 de abril de 2013.
Asimismo, se mantiene el derecho a elegir opción, de forma que estas personas podrán optar por la legislación vigente actualmente. Con esta medida, se busca proteger a aquellos trabajadores que salieron del mercado laboral a edad avanzada sin haber podido retomar su carrera profesional y con la consiguiente afectación directa en sus cotizaciones y prestaciones.
La reforma de pensiones de 2013 limitó temporalmente el efecto de la cláusula de salvaguarda que, desde entonces, se viene prorrogando anualmente y cuyos efectos caducaron el pasado 31 de diciembre.
Por último, el decreto aprobado este martes incluye varias medidas de simplificación administrativa y de intercambio de datos con otras administraciones con el objetivo de mejorar la eficiencia y agilizar los trámites en el ámbito de la Seguridad Social.
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