Borrar

Varapalo a los mutualistas: el Supremo impide a un ingeniero pasarse a una mutualidad tras haber cotizado como autónomo

El derecho de opción que reconoce la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS) solo se puede ejercer una sola vez y «de forma irrevocable»

Jueves, 25 de septiembre 2025, 00:29

Comenta

Los profesionales colegiados que en su momento optaran por el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia ... o Autónomos (RETA) no pueden darse de baja para posteriormente incorporarse a una mutualidad de previsión social alternativa. Y es que el derecho de opción que reconoce la disposición adicional 18 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS) solo se puede ejercer una sola vez y «de forma irrevocable» para todo el tiempo de ejercicio de la actividad profesional colegiada por cuenta propia.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur Varapalo a los mutualistas: el Supremo impide a un ingeniero pasarse a una mutualidad tras haber cotizado como autónomo

Varapalo a los mutualistas: el Supremo impide a un ingeniero pasarse a una mutualidad tras haber cotizado como autónomo