Acuerdo municipal para otorgar la finca de La Cónsula al SAE
Esta aprobación de la Junta de Gobierno Local es indispensable para garantizar la continuidad de las acciones formativas que se han venido llevando a cabo por parte del Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga
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Lunes, 18 de enero 2016, 16:08
El Ayuntamiento de Málaga, a través de la Junta de Gobierno Local, ha aprobado hoy otorgar al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) la concesión demanial ... de la finca municipal de La Cónsula.
Como elemento funcional indispensable para garantizar la continuidad de las acciones formativas que se han venido llevando a cabo por parte del Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga se encuentran los bienes municipales hasta ahora afectos al uso y para los fines del Consorcio y una vez disuelto éste, se hace necesaria el otorgamiento de concesión demanial sobre los bienes que permita que éstos sigan utilizándose para la misma finalidad.
Asimismo, se ha dado luz verde al pliego de condiciones técnicas, jurídicas y económico-administrativas que ha de regular la concesión de esta finca que cuenta con una superficie de suelo de 2.970 m2 y una superficie construida de los edificios existentes que asciende a 2.677,86 m2.
Concretamente se establece por un plazo de cinco años susceptible de ser prorrogada por acuerdo del órgano competente. El valor de la concesión por el período de cinco años indicado asciende a 867.141,63 euros.
La concesión se otorga con el fin de integrarse en una masa patrimonial única de bienes, derechos y obligaciones que permita la cesión global de activos y pasivos del Consorcio Escuela de Hostelería de Málaga al SAE para su gestión.
Dado que es un derecho evaluable económicamente cuya valoración efectuada por los técnicos municipales asciende a la cantidad de 867.141,63 euros, habrá de tenerse presente en el balance final de liquidación a compensar la cuota de liquidación para el Consistorio como entidad consorcial.
Como se recoge en el pliego, en el supuesto de que la diferencia entre el valor de la concesión y la cuota de liquidación para el Ayuntamiento sea a favor de éste como entidad consorcial, no será reclamado en tanto en cuanto la legislación vigente posibilita la adjudicación directa y gratuita en aquellos supuestos que la utilización privativa no lleva aparejada una utilidad económica para el concesionario o, aun existiendo dicha utilidad, la utilización o aprovechamiento entrañe condiciones o contraprestaciones que anulen o hagan irrelevante aquélla.
Asimismo se indica que el destino de la parcela y edificaciones objeto de la concesión será el de Escuela de Hostelería. De conformidad con lo señalado en el acuerdo del Pleno del Consistorio malagueño, celebrado el 30 de octubre de 2014, deberá crearse una Comisión Mixta de Seguimiento (Ayuntamiento y Servicio Andaluz de Empleo) que velará por el nivel de excelencia en la formación y de inserción laboral que se ha venido obteniendo.
Cualquier modificación del uso o destino no acorde con los actuales fines y objetivos causantes de la concesión, salvo autorización expresa del Ayuntamiento, producirá automáticamente su extinción sin derecho alguno a indemnización.
Entre las obligaciones del concesionario que se contemplan en el pliego están:
1º.- Obtener los permisos y licencias necesarios para llevar a cabo las actividades a desarrollar exigidos por la legislación vigente, no pudiéndose realizar obras en el edificio sin autorización expresa del Ayuntamiento.
2º.- Mantener en buen estado el dominio público utilizado, así como las obras que realice en el mismo.
3º.- Todos los daños y perjuicios que se ocasionen como consecuencia de la explotación de la concesión serán de la responsabilidad de la concesionaria, para ello deberá contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil y daños con una cobertura mínima por siniestro de 500.000 ¤.
4º.- Vigilar la conservación del material y las instalaciones.
5º.- La concesionaria está obligada a sufragar los gastos de mantenimiento, limpieza, suministros (electricidad, agua, etc) y conservación de las instalaciones; realizar las reposiciones que fueran necesarias y gestionar y sufragar los gastos derivados de las altas y enganches de los suministros.
6º.- Abandonar y dejar libres y expeditos, a disposición del municipio y dentro del plazo señalado para ello, los bienes objeto de la concesión, con reconocimiento implícito en la firma del documento de la concesión por la adjudicataria, de la potestad municipal para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento. Llegado este caso, los bienes revertirán al Ayuntamiento de Málaga gratuitamente y libres de cargas.
7º.- Permitir a la entidad local inspeccionar en todo momento los bienes objeto de la concesión, así como las instalaciones y construcciones de la misma.
Se reconoce a la concesionaria el derecho al uso exclusivo de los inmuebles objeto de la presente concesión durante el plazo de duración de la misma, para el desarrollo de las actividades conducentes al logro de sus finalidades.
La no efectiva integración en el Servicio Andaluz de Empleo de la actual Escuela de Hostelería se establece como una de las causas para extinguir la concesión.
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