Saquean la empresa en la que trabajaban y echan la culpa a otros dos compañeros en Málaga
Los procesados, que ejercían de apoderado y de contable de dicha sociedad, han sido condenados a un año y diez meses de prisión
Saquearon la nave de su empresa, dedicada a la distribución de comida 'halal' en Málaga. Ambos ostentaban cargos de responsabilidad, uno de ellos como apoderado ... y el otro como contable. Desde hacía varios meses, además, se habían estado apropiando de dinero de la sociedad y, para desviar la atención de sus actos, denunciaron por estos hechos a otros dos compañeros, a sabiendas de que se trataba de una acusación falsa.
Ambos tendrán que cumplir un año y diez meses de prisión como autores de un delito de hurto, otro de apropiación indebida continuada y por denuncia falsa. Así se expone en la sentencia dictada a finales de 2024 por el Tribunal Supremo, a la que SUR ha tenido acceso y contra la que ya no cabe posibilidad de recurso.
De acuerdo con el apartado de hechos probados, entre el año 2011 y octubre de 2021 los dos acusados se apoderaron de unas cantidades de dinero que ascenderían en total a 12.467 euros, que fueron en perjuicio de la sociedad, únicamente con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito. Además, transfirieron dos vehículos de la mercantil a otra entidad que era titular del contable.
En este periodo, al percatarse el administrador de dichas irregularidades, decidió retirar el poder del procesado que ejercía como apoderado. Los dos investigados, no obstante, interpusieron una denuncia falsa contra dos de sus compañeros «con el propósito de desviar la atención de los hechos ilícitos cometidos por ellos, con conocimiento de que sus imputaciones no eran ciertas».
Además, siempre según se expone en la resolución, también sustrajeron varios efectos de la nave de la sociedad, ubicada en el polígono Guadalhorce, que fueron valorados pericialmente en la cantidad de 40.604 euros. De la misma se llevaron mostradores frigoríficos, islas, neveras, un asador de pollos y una plancha industrial, una freidora, una barra frigorífica, una mesa de acero inoxidable y un motor de cámara frigorífica, entre otros artículos.
Estos hechos, que fueron condenados en primera instancia por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, fueron posteriormente ratificados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). A pesar del recurso que interpusieron los dos acusados contra dicha resolución, el Tribunal Supremo también ha confirmado el fallo.
La defensa de los encausados trató de probar que los bienes sustraídos en la nave, donde se desarrollaba la comercialización, importación y exportación de productos alimenticios 'halal', en realidad eran propiedad de uno de los investigados. No obstante, para los magistrados «no es una conclusión racional entender que todos los enseres para esa tarea eran propiedad del contable, mientras que la propia entidad no era titular» de ninguno de estos efectos.
De igual manera, el Supremo señala que el estudio comparativo de las periciales llevan al convencimiento de que los acusados protagonizaron una serie de actuaciones irregulares en dicha sociedad, «teniendo ante nosotros la punta de un iceberg». En este sentido, puntualiza que el propio perito señaló que el desfase de las cuentas podría haber sido mucho mayor que el señalado por la acusación.
Por todo ello, los dos procesados tendrán que cumplir las penas de prisión impuestas y, además, abonar una multa de 2.160 euros. Igualmente, han sido condenados a indemnizar a la sociedad en la cantidad de 40.600 euros por los efectos sustraídos y no recuperados, y en otros 12.467 euros por el dinero apropiado de manera indebida.
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