Primera rebaja de condena a un violador en Málaga
La Audiencia Provincial reduce cuatro años la pena a un condenado por dos agresiones sexuales
La Sección 8.ª de la Audiencia Provincial de Málaga ha dictado la primera rebaja de condena a un violador en Málaga por la Ley ... del Sí es Sí, que está provocando rebajas y excarcelaciones en todo el país. El tribunal malagueño ha rebajado un total de cuatro años su condena, pues ha pasado de doce años a ocho, ya que el procesado, actualmente en prisión, había sido condenado a dos penas de seis años de cárcel, que con la revisión se han quedado en dos penas de cuatro años de cárcel.
Se desconoce por el momento si esta rebaja provocará la excarcelación del violador, pues dependerá de la pena que ya haya cumplido en prisión. No obstante, fuentes consultadas por SUR han confirmado que, con esta última rebaja de la Audiencia Provincial, el condenado ya tendría casi liquidada las dos penas impuestas por violación, aunque aún le queda por cumplir una tercera por robo con intimidación sobre la víctima, un delito por el que fue condenado a otros cuatro años de cárcel. Las mismas fuentes han avanzado a SUR, en este sentido, que el agresor podría acceder a su primer permiso penitenciario «en breve».
Los magistrados malagueños decidieron en un pleno revisar a la baja este tipo de condenas por agresiones sexuales a raíz de la entrada en vigor de la ley impulsada por la ministra Irene Montero.
Este primer caso de rebaja de penas a un violador en Málaga tiene su antecedente en sendas sentencias de la Audiencia Provincial de Málaga y el Tribunal Supremo, que en mayo de 2012 ya rebajó la condena impuesta por el tribunal malagueño a tres individuos que violaron a una mujer que ejercía la prostitución y a la que robaron las tarjetas de crédito para sacar dinero de un banco. Esta nueva revisión de penas se refiere sólo a uno de los condenados.
Según los hechos probados en la sentencia del Alto Tribunal, los tres acusados, «puestos previamente de acuerdo, y con la finalidad de pasar un buen rato», se encaminaron el 11 de noviembre de 2006 al polígono del Guadalhorce de la capital. Allí se acercaron a una de las chicas que ejercía la prostitución y, tras cerrar el acuerdo por los servicios sexuales, la dirigieron a un lugar «cercano y oscuro». No obstante, posteriormente condujeron hasta la zona de Puerto de la Torre, donde según queda probado en la sentencia, amenazaron a la víctima.
Ésta, bajo coacciones, «accedió a desnudarse para hacer lo que se le decía» y fue forzada sexualmente por uno de ellos mientras el otro esperaba fuera del coche. Una vez que éste terminó, entró el segundo. Mientras, el tercer acusado registró el bolso de la mujer y se quedó con 100 euros. Los condenados también le sustrajeron las tarjetas de crédito a la víctima para dirigirse a una sucursal bancaria, donde sacaron de su cuenta 500 euros. La sentencia también recoge que le sustrajeron el teléfono móvil.
El acusado al que ahora se ha revisado la pena a la baja en el marco de la Ley Sólo Sí es Sí fue condenado por el Tribunal Supremo a 12 años de prisión por ser cooperador necesario en dos delitos de violación y a otra pena de cuatro años por un robo con intimidación. El nuevo texto legal y la revisión por parte de la Audiencia Provincial de Málaga rebaja cuatro años la condena por agresión sexual pero mantiene la de robo.
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Con el caso que acaba de conocerse en Málaga, el número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del 'sólo sí es sí' asciende al menos a 106, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Un total de 16 personas han sido excarceladas.
La lista ha pasado de 91 a 106 en un día después de que la Audiencia de Alicante comunicara este martes que ha rebajado 13 condenas de delitos sexuales en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, que entró en vigor el pasado 7 de octubre. Una de estas revisiones ha conllevado la puesta en libertad de uno de los condenados.
Además de la rebaja registrada en Alicante, consta también una Extremadura. La Audiencia de Mérida ha modificado a la baja la pena de prisión de un hombre condenado por un delito de violación en grado de tentativa a 4 años y 3 meses. Así, le ha dejado la pena en 2 años, 10 meses y 4 días, y ha ordenado su excarcelación.
A la lista se suma una de Cantabria. La Audiencia Provincial ha rebajado de 4 años y 6 meses a 3 años la pena de prisión a un hombre como autor de un delito de agresión sexual con penetración, lo que ha supuesto su excarcelación.
Al margen, la Audiencia de Álava ha comunicado este martes que ha decretado la puesta en libertad de un hombre que realizó tocamientos en los glúteos a cuatro menores de 16 años y a una mujer mientras patinaban en una pista de hielo en Vitoria, País Vasco. Esta decisión ha sido adoptada a raíz de la resolución del Tribunal Supremo de la semana pasada por la que se rebajo de 9 años a 4 años y 6 meses la pena de prisión del condenado en aplicación de la nueva ley impulsada por el Ministerio de Igualdad.
Casos por Comunidades Autónomas
Con estas nuevas rebajas, fuentes consultadas por Europa Press confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 15 comunidades autónomas.
Según los datos recabados hasta ahora, constan 20 en Madrid, 16 en Andalucía, 15 en la Comunidad Valenciana, 11 en Galicia, 9 en Canarias, 9 en Castilla y León, 5 en Cantabria, 4 en País Vasco, 4 en Cataluña, 4 en Extremadura, 3 en el Tribunal Supremo, 2 en Baleares, 2 en Murcia, 1 en Asturias y 1 en Castilla-La Mancha.
De estos 106 casos, 16 han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 en Extremadura y 1 en País Vasco -por orden del Tribunal Supremo-.
El criterio del Supremo
La semana pasada, el Tribunal Supremo fijó que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo. Lo hizo en la sentencia dictada al resolver los recursos de casación del 'caso Arandina', cuyo fallo se adelantó el pasado 29 de noviembre pero se ha conocido íntegramente el miércoles.
El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de cárcel -y no a 10, como pedía la Fiscalía- a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del 'solo sí es sí'.
Los magistrados elevaron las penas -desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima. Además del 'caso de la Arandina', el tribunal ha rebajado en los últimos días otra condena por delitos de violencia sexual.
Las fuentes consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas se verá incrementado en los próximos días ante las revisiones pendientes.
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