

Secciones
Servicios
Destacamos
Un juzgado de Málaga ha condenado a una mutua por denegar la prestación que solicitó una madre por «riesgo de lactancia natural». Según ha quedado probado, la mujer trabajaba en una clínica veterinaria en la que estaba expuesta a sustancias químicas, agentes biológicos, zoonosis y contaminantes biológicos y, pese a ello, no pudo acceder a dicho subsidio.
Según se expone en la sentencia, a la que SUR ha tenido acceso, la trabajadora presentó una demanda en noviembre de 2023 contra la empresa en la que es empleada, la mutua y el ente público después de que se le rechazara la concesión de la prestación.
La mujer, que ha estado representada por el letrado Damián Vázquez, dio a luz en abril de ese mismo año y, según consta en un informe médico, tras terminar la baja por maternidad, su bebé seguía recibiendo lactancia materna exclusiva.
En ese mismo documento se especificaba como «intolerables» los riesgos de su puesto de trabajo durante el amamantamiento. Entre otros, se aludía a la «exposición a sustancias químicas clínicas», «agentes biológicos, zoonosis» y «exposición a contaminantes biológicos».
Asimismo, desde la empresa se hizo constar que las tareas que tenía que desempeñar la mujer conllevaba, además, la exposición a «radiaciones ionizantes». Estos riesgos, según la clínica, eran imposible de eliminar, siendo tampoco viable adaptar las condiciones de trabajo de la demandante o que se le reubicara en otro puesto.
Según se concreta en la sentencia, en el complejo hospitalario animal -el cual no disponía de una sala específica para la extracción de leche materna- era casi continuo el uso de máquina de radiografías o en contacto con bacterias o productos químicos por inhalación.
Por todo ello, la mujer presentó ante su mutua de trabajo a principios de septiembre de 2023 la solicitud de un certificado médico de existencia de riesgo de lactancia natural, siendo la misma rechazada al cabo de una semana «por no existir riesgo». Tras esa resolución, la mujer decidió presentar una demanda. Y el Juzgado de lo Social número 2 de Málaga le ha dado la razón.
Según fundamenta el magistrado, los peligros durante la lactancia habían quedado expresamente recogidos en el informe médico, los cuales no quedaban desvirtuados por el hecho de que las trabajadoras contasen con trajes EPI facilitados por la empresa y con formación en materia preventiva.
Del mismo modo, en la sentencia se incide en que el informe aportado por la mutua solo incluía postulados de corte genérico a la hora de tratar su responsabilidad respecto del riesgo biológico o químico.
El juzgado, en consecuencia, ha revocado la resolución de la mutua, emitida a mediados de septiembre de 2023, por lo que ha declarado el derecho de la demandante a la prestación por riesgo durante la lactancia natural en el periodo concurrido desde que presentó la solicitud (a principios de septiembre de ese mismo año) hasta finales de enero de 2024, cuando la bebé cumplió los nueve meses, sobre la base reguladora de 1.924,80 euros mensuales con las deducciones y devoluciones correspondientes.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.