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Año nuevo... normativa de Tráfico nueva. Quedan semanas para despedir este 2020 y con él también dejaremos atrás muchas de las pautas al volante que hasta ahora teníamos interiorizadas. El Consejo de Ministros aprobó recientemente a propuesta del Ministerio del Interior un paquete de reformas legales que, en su conjunto, modifican de manera sustancial la legislación en materia de tráfico y circulación. El objetivo es generar un nuevo modelo de seguridad vial en consonancia con la política de la Unión Europea y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud con el reto de reducir, durante la próxima década, un 50 por ciento el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico.
Se trata de un paquete de cambios que afectan a aspectos destacados como la edad mínima requerida para obtener ciertos permisos, los exámenes para obtener la licencia, los adelantamientos o el uso del teléfono móvil al volante. Las nuevas medidas son una reforma del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y constituyen todo un nuevo marco legal que implicará tener que hacer borrón de antiguas costumbres y hacerse con nuevas normas de conducción. Estos son los cambios más sustanciales, recopilados por la DGT en su revista:
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Las modificaciones relativas al Reglamento de Circulación y Vehículos entrarán en vigor el 2 de enero de 2021. No obstante, la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación (velocidades en zonas urbanas) serán efectivas a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.
Las modificaciones relativas al Reglamento de Conductores entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Real Decreto en el BOE.
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