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¿Está obligado el trabajador a facilitar su correo y teléfono personales a la empresa?

La Agencia Española de Protección de Datos y una sentencia del Tribunal Supremo argumentan las razones

Jueves, 14 de enero 2021, 01:01

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Los empleados no están obligados a facilitar a su empresa su número de teléfono o un correo electrónico de carácter personal. Según fuentes de la ... Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ninguna norma exige que el trabajador tenga que facilitar estos datos al empresario para la adecuada realización de su trabajo. «No obstante, si las circunstancias de la prestación de servicios para la empresa conllevará una disponibilidad personal del trabajador fuera de su centro u horario de trabajo, una medida más moderada e igual de eficaz para conseguir la comunicación de la empresa con el trabajador sería la puesta a disposición del mismo de un instrumento de trabajo como sería un teléfono de empresa», detallan desde la AEPD.

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