Movilidad en Semana Santa: Las cinco excepciones para poder desplazarse sin ser sancionado
El Gobierno y las comunidades autónomas han acordado el cierre perimetral para evitar un aumento de los contagios
El Gobierno y las comunidades autónomas han acordado las restricciones para el puente de San José y la Semana Santa en el transcurso del Consejo ... Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), celebrado la pasada semana. En el encuentro, se aprobó el cierre perimetral de todas las regiones, a excepción de Canarias y Baleares (es necesario presentar una PCR negativa), con el fin de evitar la propagación del virus y un aumento de los contagios, tal y como ya ocurrió durante las pasadas Navidades.
Sin embargo, tal y como recoge el estado de alarma, existen causas justificadas que permiten los desplazamientos entre comunidades autónomas sin riesgo de ser sancionado:
Obligaciones laborales
Aquellos trabajadores tanto por cuenta propia como por cuenta ajena que necesiten cambiar de comunidad por motivos laborales podrán hacerlo siempre y cuando su desplazamiento esté debidamente justificado.
Asistencia a centros educativos, exámenes o pruebas oficiales
La asistencia a centros educativos para recibir clases o acudir a exámenes y/o pruebas (oposiciones, por ejemplo) sigue estando permitido. En cualquier caso, sólo puede desplazarse la persona interesada (sin acompañantes) y contando con la debida justificación.
Vuelta al domicilio habitual
En caso de estar desplazados fuera de la comunidad donde se reside habitualmente, se puede regresar al domicilio en cualquier momento (dentro de los horarios establecidos por el toque de queda), aunque el afectado tendrá que justificar que es su vivienda habitual, ya sea con un certificado de empadronamiento o con el DNI.
Cuidado de mayores o dependientes
La asistencia y cuidado de personas mayores y dependientes sigue estando entre las excepciones para desplazarse y cambiar de comunidad en caso necesario.
Pruebas médicas
Si hay que desplazarse a otra comunidad por un asunto sanitario (una operación o prueba programada en un centro hospitalario), se podrá hacer sin problema siempre y cuando se pueda justificar el desplazamiento mediante algún documento, como el volante o la cita.
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