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La Audiencia de Granada rechaza tomar medidas cautelares sobre los hijos de Juana Rivas

La Audiencia de Granada rechaza tomar medidas cautelares sobre los hijos de Juana Rivas

Ratifica la decisión del juez de instrucción y apunta que debe ser la justicia italiana la que se pronuncie sobre un presunto maltrato del padre a los niños

R. I.

Granada

Martes, 13 de agosto 2019, 15:18

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La Audiencia Provincial de Granada ha denegado medidas cautelares sobre los hijos de Juana Rivas, respaldando así el auto del Juzgado de Instrucción número 3 de la capital ante el que la madre de Maracena presentó una denuncia frente a su expareja, el italiano Franchesco Arcuri, por presunto delito de maltrato, lesiones y amenazas de muerte hacia los menores, que han de estar con su padre este jueves.

La resolución de la Sala de Vacaciones de la Audiencia de Granada, con fecha 12 de agosto, y al que ha tenido acceso Europa Press, confirma de este modo la decisión adoptada anteriormente por el Juzgado de Instrucción, incidiendo en la «incompetencia de la jurisdicción española» para abordar «en el orden penal» los hechos denunciados y adoptar las medidas cautelares solicitadas en la denuncia.

No cabe recurso contra el auto, por lo que el asunto es devuelto al juzgado, que resolvió el pasado 2 de agosto no adoptar ninguna medida de protección sobre los menores, lo cual correspondería, en su caso, a la Justicia de Italia, donde viven los niños con su padre y adonde han de volver a partir de este miércoles, una vez finalizado el periodo vacacional estipulado con la madre en España.

Para la Audiencia,la propia Juana Rivas «está admitiendo en su denuncia la falta de jurisdicción de los jueces y tribunales españoles para la investigación y persecución penal de los delitos de maltrato físico y psicológico y amenazas sobre sus dos hijos menores de edad, de 13 y cinco años«.

Es así porque los «imputa a su exmarido y padre» de los niños, «de nacionalidad italiana y residente en su país de origen, por haberse perpetrado en el territorio» italiano, en concreto en las inmediaciones o la localidad de Carloforte, donde los niños residen bajo la custodia del progenitor.

«Pretensión inusitada»

Establecer las medidas rechazadas por el Juzgado de Instrucción, «con o sin la práctica de las diligencias que propone», como pide Rivas, que está condenada a cinco años de prisión por sustracción de menores tras no entregar en 2017 a sus hijos alegando una supuesta situación de maltrato, es, según el auto de la Audiencia, una «pretensión inusitada que, vaya por delante, nunca podría ser estimada al exceder manifiestamente de las funciones que corresponden a un tribunal de apelación».

De este modo, da la razón al Juzgado que, siguiendo el criterio del Ministerio Fiscal, apunta a la «la ausencia de jurisdicción» en España «para conocer de los presuntos delitos de maltrato que se denuncian y, por lo tanto, para dictar cualquier medida cautelar en protección de las supuestas víctimas de los delitos cuya persecución le está vedada».

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