Las crisis nunca tienen una fecha concreta de inicio, aunque a la hora de estudiarlas se toma como punto de partida un momento simbólico. Para ... la de 1929 se adoptó el 24 de octubre de ese año, el jueves negro en el que se desplomó la bolsa de Nueva York. Nadie podría decir, sin embargo, en qué día concreto se dio por terminada.
Con la de 2008 la situación es la contraria. No podríamos decir en qué día comenzó, pero sí podemos fijar una fecha concreta de finalización, al menos en España. Fue ayer, 30 de octubre de 2019. La partida de defunción de la crisis la ha firmado el Tribunal Constitucional.
Todos los análisis coinciden en que tras la crisis económica de los últimos años en España hay muchos más pobres de los que había hace una década y también más millonarios y multimillonarios que entonces. Alguno podrá decir que se trata de una noticia mala y una buena, pero desgraciadamente no es así. No se pueden leer por separado, porque lo que hubo fue un proceso de transferencia de renta de unos sectores a otros en el que los asalariados han salido perdiendo. Los trabajos están ahora peor remunerados que diez años atrás y las propias condiciones de empleo son también peores.
Ese proceso ha venido a llamarse precarización, pero estamos ante un término equívoco. La denominación 'trabajador precario' invita a pensar que se está ante una situación provisional, mejorable con el tiempo y no definitiva. Lamentablemente no es así. Las crisis, por definición, suponen cambio. Y no terminan hasta que esos cambios se han asentado y el escenario anterior ha dado lugar a uno nuevo.
En todos los procesos sociales de calado, las transformaciones se producen primero en el terreno de la economía y después se fijan en el sentido común de la gente y en el ámbito normativo.
Hasta ahora teníamos un deterioro notable de las condiciones de trabajo y de los salarios y ayer el Tribunal Constitucional ha dictado un fallo en el que avala que un trabajador que por motivos de salud falte un 20 por ciento de los días laborables puede ser despedido por razones objetivas. La razón que se aduce es que el derecho al trabajo encuentra límites en la libertad de empresa y en la defensa de la productividad. El fallo no dice nada del derecho a la salud.
Una vez asentado legalmente este retroceso en los derechos de las personas, ahora sólo queda fijarlo en el sentido común. Que los ciudadanos lo asimilen como el orden natural de las cosas. La crisis que comenzó en 2008 con el estallido de la burbuja inmobiliaria ha llegado a su última estación. Lo que había al final de túnel era esto.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión