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La normativa de la DGT no permite superar el límite de 120 kilómetros por hora

La señal con la que la DGT permite circular a 150 kilómetros por hora de forma legal

Existen algunas excepciones que permiten superar el límite de velocidad de 120 km/h marcado por Tráfico en su normativa La 'desconocida' multa de la DGT por llevar la bandera de España en el coche La DGT confirma las situaciones en las que los radares no te pueden multar pese a incumplir el límite de velocidad

María Albert

Martes, 11 de julio 2023, 16:43

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Saltarse los límites de velocidad suele acarrear multas para aquellos conductores que decidan sobrepasar lo estipulado por la Dirección General de Tráfico (DGT) ... en los diferentes puntos de las carreteras españolas. Esta normativa recoge que la velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h; en carreteras secundarias, de 90 km/h; en vías urbanas de un único carril, de 30km/h y, en vías de dos o más carriles por sentido, de 50 km/h.

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