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DGT: Los únicos casos en los que no es obligatorio llevar abrochado el cinturón de seguridad

En general, circular sin un sistema de retención homologado se considera una infracción grave, que puede conllevar 200 euros de multa

Lunes, 29 de marzo 2021, 12:34

El cinturón de seguridad reduce a la mitad el riesgo de muerte en caso de colisión, según constata la Dirección General de Tráfico (DGT). Sin embargo y pese al grave riesgo que conlleva no llevarlo puesto, todavía son muchos los que hacen caso omiso a la norma. Así lo demuestran los datos: uno de cada cuatro fallecidos en la carretera durante 2020 (el 26%, exactamente) viajaba sin cinturón de seguridad. La mitad de esos 125 muertos, dice la DGT, «podría haberse salvado» si hubieran usado el sistema de retención, que es obligatorio desde 1992. No obstante, hay algunas excepciones.

En su artículo 117, el reglamento de circulación establece que «el conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas». Sin embargo, el mismo texto señala las circunstancias concretas en las cuales podrán circular «sin los cinturones u otros sistemas de retención homologados»:

-Los conductores cuando realizan una maniobra de marcha atrás o de estacionamiento.

-Las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves o discapacitadas.

-Los conductores de taxis cuando estén de servicio (en poblado). Asimismo, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero [y solo en áreas urbanas].

-Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros.

-Los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.

-Las personas que acompañen a un alumno (...) durante el aprendizaje de la conducción(...) y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil.

Aparte del peligro para la vida, circular sin cinturón de seguridad o colocárselo en marcha es infracción grave: significa exponerse a una multa de 200 euros y a perder tres puntos.

Cuando entre en vigor la reforma del reglamento de circulación, prevista para este año, la detracción será de cuatro puntos.

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