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Condenado un odontólogo de Marbella a indemnizar con 72.000 euros a una paciente

Condenado un odontólogo de Marbella a indemnizar con 72.000 euros a una paciente

Un juzgado ha estimado totalmente la demanda del letrado de la afectada y condena al dentista por una mala praxis en el tratamiento aplicado

Mónica Pérez

Marbella

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Martes, 22 de enero 2019, 01:14

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El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella ha dictado sentencia en la que condena a un odontólogo de Marbella a indemnizar a una paciente con la cantidad de 72.266 euros por deficiente tratamiento odontológico. Se trata de una mujer malagueña, de 50 años de edad, que acudió a una clínica donde fue atendida por el demandado. Allí le indicó que se debía realizar 10 implantes dentales, dos elevaciones de seno maxilar externo y una prótesis implantosoportada.

El 19 de mayo del 2010 se procedió a la realización de dicho tratamiento odontológico, con dos elevaciones de seno maxilar. Posteriormente, en el año 2012 le colocaron nueve implantes, «en lugar de los 10 implantes que inicialmente le fueron presupuestados, siguiendo la paciente mientras con una prótesis removible». También colocaron prótesis sobre implantes superiores. El odontólogo le indicó entonces a la paciente que en ese momento la iba a seguir atendiendo en su clínica dental de Marbella y le realizó «una explantación del implante 25, 22 y 24, un curetaje perimplantario, más láser y una radiografía digital intraoral».

Según figura en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, la mujer comenzó a presentar numerosos problemas «con proceso infeccioso que padecía alrededor de los implantes y se le fueron cayendo varios». Según indica el abogado Damián Vázquez, de la Asociación 'El Defensor del Paciente' que ha llevado el caso, «se trata de una de las condenas más altas en casos de negligencia médica odontológicas, ya que se estima completamente la demanda, estando acreditado las molestias, sufrimiento, caídas de implantes, falta de seguimiento adecuado, dolor insoportable, dificultad para comer, problemas oclusión mandíbula, etc.; todo ello en perjuicio de la paciente, por un tratamiento odontológico que ha resultado completamente fallido, causándole secuelas físicas y psicológicas, además de haber pagado por el tratamiento la cantidad de 18.140 euros.

La sentencia reconoce la existencia de «negligencia médica» indicando que «el consentimiento informado no fue correcto». Siguiendo el dictamen pericial, critica que «después de colocar una prótesis sobre implantes hay que hacer un control y seguimiento para comprobar que todo funciona bien, que la oclusión (mordida) es correcta, pues un mal ajuste de la oclusión puede llevarnos a problemas de reabsorción ósea como presentaba la paciente, con lo cual el seguimiento fue incorrecto, pues en este caso improcedentemente y con una importante demora se vio a la paciente al año y tres meses de haberlo hecho antes, como resulta preceptivo, se hubiera evitado la gran reabsorción ósea que presentaban los implantes y que se apreciaba en la radiografía de control de noviembre del 2013, infringiéndose la lex artis ad hoc».

Se le condena por no realizar un seguimiento adecuando al tratamiento odontológico

El letrado Damián Vázquez insiste en su demanda «en base a la pericial aportada, en la dejadez y falta de seguimiento en el tratamiento odontológico por parte del doctor, pues una vez que los implantes se iban cayendo, el odontólogo pudo reintervenir a la paciente, porque el hecho de que se caiga un implante no quiere decir que si lo ponemos de nuevo se tengan que caer otra vez, por lo tanto, existe otra nueva omisión en el deficiente tratamiento odontológico realizado. Cuando empezó a perder implantes, no se le dio ninguna alternativa de tratamiento y se dejó a la paciente en la situación que actualmente tiene en la boca, con solo dos implantes sujetando una prótesis removible, lo que ha supuesto un verdadero calvario que le ha afectado de forma importante su vida».

Indemnización

La indemnización se concede por la alteración de la oclusión, síndrome depresivo, perjuicio estético, incapacidad temporal, y gastos médicos en la cantidad total de 72.266 euros. Se le condena por no realizar un seguimiento adecuado del tratamiento odontológico a la paciente. La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación.

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