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El concejal de Economía, Carlos Conde, junto al gerente de Gestrisam, José María Jaime. F. J.
Málaga limita la rebaja de la plusvalía a la obligada por la reforma estatal

Málaga limita la rebaja de la plusvalía a la obligada por la reforma estatal

El concejal de Economía destaca que los malagueños pagarán un 36% menos del impuesto con el nuevo marco legal y descarta aplicar las reducciones que contempla el decreto del Gobierno

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Miércoles, 19 de enero 2022, 13:57

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Ni las presiones de PSOE y Unidas Podemos, ambos en la oposición, ni la de sus socios de gobierno en Ciudadanos parecen alterar los planes del alcalde de Málaga de exprimir la nueva ley estatal de la plusvalía para cobrar lo máximo al ciudadano. Pesan más los cerca de 19 millones de euros que el Ayuntamiento de Málaga dejará de ingresar cada año con la reforma exprés del impuesto aprobada por el Gobierno central para esquivar la suspensión del tributo ordenada por el Tribunal Constitucional el pasado 26 de octubre. Así que, como avanzó SUR, la modificación de la ordenanza municipal para ajustarse al nuevo marco normativo inicia la tramitación para su entrada en vigor omitiendo las vías que ofrece el Estado a los municipios para rebajar la cuota que hay que abonar cuando se vende o hereda un inmueble: minorar los coeficientes máximos que se aplican en función de los años transcurridos desde la última vez que el inmueble cambió de manos o reducir el valor catastral del suelo hasta un 15%.

Con esta realidad sobre la mesa, en el Consistorio utilizan esa caída obligada de los ingresos del 36% para destacar que con la nueva ordenanza «los malagueños pagarán un 36% menos de plusvalía». Y así será, pero como consecuencia de la reforma estatal del impuesto vía decreto. «Otros ayuntamientos van a subir el tipo impositivo o los valores catastrales para recuperar la capacidad económica mientras nosotros hemos decidido no hacer nada», ha afirmado el concejal de Economía, Carlos Conde, quien como ya hiciera Francisco de la Torre la semana pasada, ha considerado un «contrasentido» rebajar más la cuota primero por la «importante» caída de los ingresos municipales en plena pandemia y, segundo, porque los valores catastrales de la capital son un tercio de los que registra el mercado.

«Otros ayuntamientos van a subir el impuesto para recuperar la capacidad económica mientras nosotros hemos decidido no hacer nada»

carlos conde. concejal de economía

En este sentido, también ha puesto el acento en que esos 19 millones de menos «son a pulmón del Ayuntamiento y del conjunto de los malagueños», toda vez que el Gobierno central no ha establecido un mecanismo para compensar a los municipios por este cambio legal, a diferencia de lo que ocurrió en 2002 cuando el entonces Ejecutivo de Aznar suprimió el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para las empresas que facturaran menos de un millón. «Los ayuntamientos, a través de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), no vamos a enterrar esta reivindicación porque no podemos pagar los platos rotos de una normativa que obliga a cambiar por completo el impuesto», ha remarcado Conde.

La nueva ordenanza, que será sometida a aprobación inicial en febrero con la previsión de que pueda entrar en vigor a mediados de abril, mantiene el tipo de gravamen en el 29% (el máximo legal está en el 30%). A partir de ahí, la reforma estatal también ofrece margen a los ayuntamientos para ajustar el tributo a los precios de mercado. Por un lado, reduciendo los nuevos coeficientes máximos que se aplican en función de los años transcurridos desde la anterior transmisión del inmueble (0,14 si es menos de un año; 0,08 entre los 10 y los 13 años; ó 0,45 a partir de las dos décadas) y, por otro, rebajando el valor catastral del terreno hasta un 15%. En el caso de Málaga, la modificación de la norma municipal contempla que se aplicarán los coeficientes máximos y omite la posibilidad de reducir el valor catastral.

Plusvalía por herencias

Durante su intervención, el concejal de Economía ha incidido en el «ruido político y mediático» en torno a la plusvalía y también sobre la promesa del alcalde a comienzos de mandato en 2019 de reducir progresivamente el impuesto en casos de herencia ampliando las bonificaciones un 12,5% cada año hasta dejarlo al mínimo legal en ocho años. De hecho, ha llegado a asegurar que «el compromiso se está cumpliendo porque los ciudadanos van a pagar un 36% menos con este cambio normativo».

La respuesta del PSOE no se ha hecho esperar. La concejala Alicia Murillo ha criticado a Conde por «presentar a bombo y platillo una rebaja del 36% cuando es fruto de la obligación del decreto del Gobierno central después de que Tribunal Constitucional declarase el pasado mes de octubre como ilegales varios artículos relacionados con el cobro de la plusvalía».

En este punto, la edil socialista ha querido diferenciar entre el impuesto en supuestos de 'mortis causa', que es el que pagan los herederos, y la plusvalía intervivos, que tasa la transferencia por compra y venta entre particulares y empresas. «Desde el PSOE siempre nos hemos manifestado a favor de la plusvalía intervivos cuando hay un beneficio para el vendedor, pero en el caso de herencias estamos completamente en contra de que los hijos se tengan que entrampar de nuevo con el banco para no perder la casa de sus padres, algo que legítimamente es suyo. Y aquí es donde reside el engaño del Partido Popular», ha sentenciado.

¿Cómo se calcula la cuota de la plusvalía?

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía, es un tributo estatal aunque lo cobran los ayuntamientos para gravar el aumento del valor que experimenta el suelo cuando cambia de propietario. Únicamente afecta a los bienes de naturaleza urbana, no los de naturaleza rústica, y sólo tributa el valor del suelo, no el de la construcción. Cuando se trata de una transmisión a título oneroso (compraventa), el impuesto lo tiene que abonar el vendedor, mientras que en el caso de transmisiones a título lucrativo (herencias o donaciones) corresponde al adquirente.

La base imponible de la plusvalía se calcula aplicando un porcentaje al valor del suelo que figura a efectos catastrales en el IBI. Ese porcentaje cambia en función del tiempo transcurrido desde la anterior transmisión (0,14 si es menos de un año; 0,08 entre los 10 y los 13 años; o 0,45 a partir de las dos décadas). Una vez obtenida la base imponible, la cuota es el resultado de aplicarle el tipo de gravamen, que cada ayuntamiento puede establecer libremente siempre que no se rebase el máximo legal, que está fijado en un 30%.

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