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Inician la tramitación para eliminar una gasolinera prevista junto a los terrenos de Repsol en Málaga

Inician la tramitación para eliminar una gasolinera prevista junto a los terrenos de Repsol en Málaga

El equipo de gobierno del Consistorio integrará dicha superficie como zona verde en el futuro parque urbano allí proyectado

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Viernes, 8 de abril 2016, 13:37

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El equipo de gobierno del Consistorio malagueño ha dado luz verde esta mañana, en Junta de Gobierno Local, a iniciar la tramitación urbanística para eliminar la previsión de una gasolinera junto al sector de Repsol e integrar dicha superficie como zona verde en el futuro parque urbano allí proyectado.

Concretamente, se ha acordado disponer la formulación de la modificación de elementos del PGOU-2011 sobre cambio de calificación del sistema técnico previsto en Avenida Juan XXIII, esquina a Avenida de Europa, a zona verde pública.

Asimismo, se ha aprobado suspender con carácter potestativo y cautelarmente durante un plazo de un año, a contar desde la publicación en forma de este acuerdo, la concesión de toda clase de licencias urbanísticas, aprobaciones y autorizaciones en el ámbito objeto del expediente, es decir, en la parcela calificada en el vigente PGOU como sistema técnico sita en Avenida Juan XXIII esquina a Avenida de Europa.

De esta forma, se está dando cumplimiento a las mociones aprobadas por unanimidad en la sesión del 28 de enero de 2016. A raíz de las mismas, la Junta de Gobierno Local ha instado a la Gerencia Municipal de Urbanismo, a través del departamento de Planeamiento, a que formule esta innovación del PGOU a fin de que la calificación del citado suelo pase a zona verde pública.

Además el equipo de gobierno viene manteniendo contactos con dicha entidad en orden a evitar las consecuencias económicas que pudiera conllevar el cambio en los derechos atribuidos a la parcela.

Cabe recordar que en base al convenio urbanístico suscrito en 2000 entre el Ayuntamiento y Repsol Petróleo S.A., propietaria en aquel momento de los terrenos, una vez realizadas una serie de trasmisiones, le correspondían a esta última, entre otros, una parcela destinada a sistema técnico.

En 2002 se firmó un nuevo convenio en el que se acordó el cambio del emplazamiento, previsto en la esquina de la C/ Bodegueros con la Avda. Juan XXIII, por una nueva ubicación en la esquina de Avda. Juan XXIII con Avda. de Europa. Como contraprestación por dicho cambio y dada la plusvalía que el mismo generaba, la citada sociedad se comprometía a abonar al Ayuntamiento 1.207.810,26 ¤ (en el plazo de diez días computados desde el otorgamiento de la correspondiente licencia de obras para la construcción de la Estación de Servicio proyectada en el ámbito del PERI).

Guadalmedina

Por otro lado, el equipo de gobierno ha aprobado también disponer la formulación del Plan Especial Guadalmedina, como cauce conector entre los diversos órganos que obligatoriamente deben de intervenir, así como vehículo de participación ciudadana; configurándose como un instrumento marco en el que queden plasmados los acuerdos ciudadanos e institucionales previos a la redacción de cualquier proyecto de obras.

El nuevo PGOU contempla este instrumento de planeamiento. Así, la ficha urbanística de dicho Plan Especial recoge que los objetivos pueden ser universales, aunque, dependiendo de la opción hidráulica y consiguientemente del proyecto, se trata de conseguir un hilo argumental que dé valor urbano a un espacio longitudinal actualmente fisura y generador de espacios residuales de borde.

Así, contempla localizar enclaves de oportunidad, para la concentración de actividades, formalizar nuevos ejes transversales de relación entre barrios, y en especial crear una red de espacios libres de carácter local, unidos por zonas de sombra, espacios de agua, arbolado, etc. que como suma adopten la fuerza de un espacio público de carácter general.

En la indicada ficha se señalaba que para el desarrollo de este Plan Especial se promovería la redacción de un proyecto unitario con concurso internacional de ideas previo.

Por ello, mediante acuerdo plenario en 2011, se dispuso por unanimidad que en el seno de la Fundación CIEDES se contemplasen todas las propuestas que sean viables en el plano técnico e hidráulico, entre ellas un posible parque fluvial en el interior de su cauce. En 2012 el jurado del Concurso de ideas para la integración urbana del Río Guadalmedina otorgó el primer premio al equipo dirigido por José Seguí Pérez. Ese mismo año se creó un grupo de trabajo municipal y un Comité Técnico Inter-administraciones, que ha ido profundizando en las propuestas del Concurso y dirigiendo los estudios necesarios para determinar la viabilidad de las soluciones.

Desde 2014, el Ayuntamiento firmó un convenio de colaboración con CIEDES para impulsar la Oficina del Río, como ente coordinador de pequeñas actuaciones, tanto de participación ciudadana (más de 50, con casi 2.000 participantes), como de mejora de las condiciones del cauce (desratización, mejora de accesos, graffitis, información de las normas de uso, protocolo de seguridad, proyecto vía ciclista y senderista, etc).

En estos momentos, se está analizando con la Junta las intervenciones hidráulicas que serían necesarias en el cauce y sus arroyos, así como las alternativas de mejora de la movilidad y la accesibilidad al cauce que se podrían implantar. Por tanto, se ha propuesto iniciar la redacción del Plan Especial que se suma al resto de actuaciones que se vienen llevando a cabo.

Convenio con la Fundación 'La Caixa'

La Junta de Gobierno Local ha aprobado la firma de un Convenio de Colaboración con la Fundación Bancaria la Caixa para hacer posible la continuidad en la ciudad del proyecto CiberCaixa. Quedamos al salir de clase.

Además, esta línea de colaboración entre el área de Derechos Sociales y la Fundación la Caixa permitirá el desarrollo de Tienes Talento, un nuevo programa de innovación educativa para la identificación y promoción del talento de los niños y niñas. Se ejecuta en las Cibercaixa existentes en la ciudad.

Ambos programas trabajan para facilitar recursos, actividades lúdico-educativas y tecnologías de la comunicación y la información en los centros donde están ubicadas las CiberCaixa. Los menores de familias con problemas de conciliación pueden ser atendidos en horario extraescolar. Además se impulsará el desarrollo del talento de los niños.

El Ayuntamiento de Málaga y la Fundación la Caixa mantienen su colaboración desde el año 2007.

Personas sin hogar

También se ha aprobado hoy suscribir un Convenio de Colaboración con la Fundación Red de Apoyo a la Integración Socio-laboral, RAIS, para la atención al colectivo de personas sin hogar.

Desde el año 2014 el área de Derechos Sociales y la Fundación RAIS trabajan de manera conjunta en un proyecto de atención al colectivo de personas sin hogar que se desarrolla en el Centro de Baja Exigencia. Se trabaja con personas que viven en la calle y presentan situaciones graves de abandono personal, a las que se les ofrece una atención integral y global que abarca todas sus necesidades.

Este convenio mantiene la colaboración que el Ayuntamiento y la Fundación RAIS desarrollan a favor de este colectivo ciudadano.

Polideportivo El Torcal

La Junta de Gobierno Local ha decidido hoy no incoar expediente de resolución del contrato de gestión, explotación y mantenimiento integral del polideportivo El Torcal, solicitado por la empresa concesionaria del mismo Gaia Gestión Deportiva, S.L. El Ayuntamiento estima que no concurren las causas alegadas por dicho concesionario para proceder a la resolución de dicho contrato.

Igualmente, se ha acordado advertir a la concesionaria que, en la modalidad de concesión, al no concurrir las causas alegadas por el concesionario, que constituye una de sus obligaciones esenciales en dicho contrato la de prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas, por lo que el incumplimiento de tal obligación comportará, en su caso, las consecuencias establecidas en los pliegos rectores de la contratación y en la normativa de aplicación.

En la solicitud que ahora presenta el contratista para jutificar su petición de resolución de contrato, alega que concurren las siguientes dos circunstancias:

A) Imposibilidad de la explotación del servicio como consecuencia de acuerdos adoptados por la Administración con posterioridad al contrato

Dice la contratista que los precios públicos estipulados por el Ayuntamiento de Málaga no cubren el coste del servicio, vulnerando lo establecido en el artículo 44 RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

Lo que ocurre es que tal argumento no encuentra encaje en el motivo invocado, pues lo cierto es que los precios públicos por los servicios o actividades deportivas vigentes en 2008 (año en el que tuvo lugar el anuncio de licitación) eran plenamente conocidos por el contratista cuando elaboró su oferta, habiendo sido incrementados en los años 2009 y 2012, sin que se produjera alegación o impugnación alguna de los mismos en tales fechas.

El Ayuntamiento recuerda que en las concesiones de servicios públicos, al igual que en el resto de contratos administrativos, rige el principio de intangibilidad -o de sujeción de las partes a lo pactado- y el de riesgo y ventura del contratista. Este último principio, se manifiesta con especial intensidad en la concesión, pues se trata de contratos de larga duración en los que la contraprestación en favor del contratista consiste en la explotación de su propia prestación (es decir, del servicio público que gestiona). Por lo tanto, el riesgo de explotación o, si se quiere, del grado de utilización del servicio, constituye un elemento esencial de la concesión.

Por lo tanto, la concesión se explota por el contratista a su riesgo y ventura -cláusula XXIV.A).1 PCAP-), de tal manera que el reparto de riesgos pactado no debe ser alterado ni modificado pues, como ya ha advertido el Consejo de Estado en múltiples ocasiones:

el fundamento de este principio es triple: en primer lugar, el principio de seguridad jurídica (Dictamen número 50.293, de 5 de noviembre de 1987); en segundo lugar, el principio de concurrencia y la necesidad de no desvirtuar las garantías presentes en la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas (pues una erosión del principio de riesgo y ventura podría hacer ilusorias las garantías que en la licitación se ofrecieron a aquellos licitadores que no resultaron adjudicatarios); y en tercer lugar, la protección de los intereses de la Hacienda pública» (Dictamen de 13 de marzo de 2003, Expediente 3.344/2002).

De ahí que sólo quepa el reequilibrio concesional cuando exista una desproporción objetiva y evidente, además de extraordinaria y no justificada (Dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, núm. 52/2013, de 30 de abril de 2013), circunstancias que esta administración no considera concurrentes, por el momento.

B) Incumplimiento de la obligación de restablecer el equilibrio económico de la concesión

Según afirma la entidad concesionaria, la obligación de restablecer el equilibrio económico de la concesión se encuentra expresamente recogida en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y en el reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, lo que es totalmente cierto. Es más, el propio pliego de cláusulas administrativas rector de la concesión contempla tal posibilidad en su cláusula XXIII, párrafo 2, del siguiente tenor literal:

2. La Corporación deberá restablecer el equilibrio económico del contrato, en beneficio de la parte que corresponda, en los siguientes supuestos:

a) Cuando la Corporación modifique, por razones de interés público, las características del servicio contratado, salvo que tales modificaciones carezcan de trascendencia económica.

b) Cuando actuaciones de la Corporación contratante determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato.

c) Cuando causas de fuerza mayor determinaran de forma directa la ruptura sustancial de la economía del contrato. A estos efectos, se entenderá por causas de fuerza mayor las enumeradas en el artículo 214 de la LCSP.

El Ayuntamiento estima que la contratista no ha acreditado que concurra ninguna de las expresadas circunstancias y, por lo tanto, no existe obligación alguna de esta administración de reequilibrar la concesión, como ya se ha razonado anteriormente.

Concurso de escaparates Feria de Churriana

La Junta de Gobierno Local ha aprobado hoy las bases del primer concurso de escaparates de la Feria de Churriana, promovido por la Junta Municipal de Distrito nº 8 y el Área para la Reactivación Económica de la Promoción Empresarial y el Fomento del Empleo, para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de impulsar e incentivar la iniciativa del pequeño y mediano comercio, y su participación e integración en la vida social y cultural del Distrito. Podrán participar en el concurso todos los establecimientos comerciales establecidos en el Distrito de Churriana, y el tema deberá estar relacionado con la Feria, y siempre combinándolo con los productos propios del establecimiento. Se concederán tres premios dotados con 450 euros y un diploma (1º); 350 euros y un diploma (2º); y 200 euros y un diploma (3º).

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