Absuelto del atropello mortal de un ciclista en Málaga al serle aplicado el nuevo Código Penal
Había sido condenado por una falta leve de imprudencia con resultado de muerte, infracción que ya ha sido despenalizada
Montse Martín
Sábado, 16 de enero 2016, 00:41
La Audiencia de Málaga ha absuelto a un hombre por el atropello mortal de un ciclista de una falta leve de imprudencia con resultado de ... muerte a la que había sido condenado por un juzgado de la capital. El tribunal ha revocado la sentencia condenatoria al aplicarle el nuevo Código Penal vigente desde julio del año pasado, que despenalizó las faltas de carácter leve. El tribunal mantiene, sin embargo, la condena para el conductor en cuanto a la responsabilidad civil, por la que deberá indemnizar a la familia del fallecido mediante el pago de casi 93.000 euros.
El atropello mortal se produjo en abril de 2010 en la capital. El conductor circulaba por una vía perpendicular a la Avenida de Andalucía cuando rebasó a un vehículo por el carril izquierdo. En ese momento iba a una velocidad de 50 ó 60 kilómetros por hora, cuando la permitida en la zona era de 30, según se explica en los hechos probados de la sentencia.
En un momento determinado, el conductor pasó un semáforo en fase verde que se encuentra en un paso de peatones y salió «de repente» el ciclista, que se incorporó a la vía. El hombre no tuvo capacidad para reaccionar y maniobrar para evitar la colisión produciéndose el atropello, afirma la resolución judicial. El ciclista falleció como consecuencia del impacto.
El conductor fue condenado el año pasado por el Juzgado de lo Penal número 10 de la capital al pago de una multa de 360 euros por una falta leve de imprudencia con resultado de muerte y a la privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante y un año.
Asimismo, el juez le impuso al autor del atropello el pago de una indemnización de casi 93.000 euros en concepto de responsabilidad civil a la familia del fallecido.
La Sección 3ª de la Audiencia de Málaga ha revocado parcialmente la sentencia, anulando la condena por la falta impuesta por el juzgado en primera instancia, recordando que este tipo de infracciones han sido despenalizadas en el nuevo Código Penal, vigente desde julio del año pasado. Asimismo subraya que la norma penal vigente es la que debe ser aplicada, por ser la más favorable al reo, en este caso al conductor que atropelló al ciclista.
Con la última reforma del Código Penal desaparecieron como infracciones penales un tercio de todas las faltas. Entre ellas estaban las imprudencias de tráfico de carácter leve. Aunque en la sentencia citada los hechos se había producido con anterioridad a la reforma y los jueces ya se había pronunciado sobre la indemnización, la despenalización de estas infracciones obliga ahora a los afectados a acudir a la vía civil para reclamarlas. Este aspecto fue criticado por algunos sectores de la abogacía porque obliga a las víctimas a la contratación de peritajes con el consiguiente desembolso económico.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión