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Las demandas por cláusulas suelo se tramitarán de forma más rápida al pasar a los juzgados civiles

Los afectados podrán tener sentencia en un plazo de seis a ocho meses como máximo, en lugar de los tres años actuales

Montse Martín

Domingo, 26 de julio 2015, 01:04

Las demandas por la eliminación y devolución de las cantidades indebidamente cobradas por los bancos en las hipotecas por las cláusulas suelo pasarán a ser ... competencia a partir de octubre de los juzgados de primera instancia (civiles) y dejarán la jurisdicción mercantil. Este cambio incluido en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, permitirá hacer más rápida la tramitación y resolución de estas demandas, al tener los juzgados de primera instancia un tiempo de espera mucho menor que los mercantiles. Esta demora, que ahora es de unos tres años para obtener una sentencia (los juicios en los mercantiles se están señalando ya para 2019), podrá reducirse a seis u ocho meses como máximo, que es el plazo en el que se señalan las vistas en los juzgados de primera instancia. La reforma de la LOPJ dejará solo en manos de la jurisdicción mercantil la tramitación de las demandas colectivas por cláusulas suelo, que son las menos habituales y frecuentes. Todas las reclamaciones individuales pasarán a partir de octubre a ser competencia de los civiles.

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