Condenan al Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos por dificultar el acceso a la información solicitada por la oposición
El fallo responde a una denuncia de la edil socialista Carmen Molero por no recibir a tiempo unos expedientes antes del pleno del 9 de enero. El Consistorio, condenado a pagar las costas judiciales, recurrirá la sentencia alegando falta de tiempo por la solicitud tardía
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga ha condenado al Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos por obstaculizar el acceso a documentación ... municipal solicitada por una concejala del grupo socialista. La sentencia, originada tras una denuncia presentada por la edil Carmen Molero, concluye que se vulneró su derecho a la información al no entregarse a tiempo los expedientes requeridos antes del pleno celebrado el 9 de enero de 2024. Como consecuencia, el Ayuntamiento deberá asumir las costas judiciales del proceso, aunque ya ha anunciado que recurrirá el fallo.
La edil del PSOE había solicitado acceder a una serie de expedientes municipales como preparación para el citado pleno. Ante la falta de entrega en el plazo previsto, el grupo socialista denunció que se había impedido su derecho a ejercer con plenitud su labor como representante pública.
Molero ha criticado que el alcalde «impida que desde la oposición podamos hacer nuestro trabajo de control y fiscalización del gobierno municipal». A su juicio, «esta sentencia pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos, gobernado por el PP, es poco transparente. No es de recibo que tengamos que acudir a los tribunales para que el alcalde nos facilite en tiempo la información que por ley nos tiene que dar», ha sentenciado.
Escaso margen
Desde el Consistorio, con el alcalde José María Molina (PP) al frente, defienden que la información fue finalmente facilitada, aunque con posterioridad a la sesión plenaria. Alegan que la documentación era voluminosa y que la solicitud se realizó con escaso margen de tiempo: concretamente, el 7 de enero a las 20:55, apenas 44 horas antes del pleno. Según apuntan fuentes municipales, esa premura imposibilitó preparar el material a tiempo.
El Ayuntamiento sostiene que actuó conforme al artículo 14.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), que otorga al alcalde un plazo de hasta cinco días para responder a este tipo de solicitudes. Además, señalan que los expedientes requeridos no eran esenciales para los puntos del orden del día, sino que correspondían a la sección de «dación de cuenta de decretos».
Por su parte, el alcalde sugiere que la actuación del PSOE podría responder a una estrategia política para desacreditar al equipo de gobierno. «Solicitar tal cantidad de documentación con tan poco tiempo de antelación parece responder más a una intención de entorpecer el funcionamiento del Ayuntamiento que a una necesidad real», afirmó Molina, quien recuerda que se trata de un municipio pequeño con recursos administrativos limitados.
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