Baja de maternidad 2023: requisitos para cobrarla si se está en paro
El SEPE aclara que el afectado tendrá que comunicarlo y la prestación contributiva por desempleo quedará suspendida
La cuestión es recurrente en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), a donde llegan numerosas dudas sobre los efectos que tiene la ... baja de maternidad o paternidad en la prestación contributiva por desempleo (paro) o en el subsidio por desempleo. Porque, ¿se puede seguir cobrando el paro si al tener un hijo se solicita la prestación por maternidad y paternidad? O ¿qué ocurre si al trabajador se le acaba el contrato estando de baja por maternidad o paternidad? A estos supuestos dan respuesta desde la administración, aunque cada caso tiene sus particularidades.
Los efectos de la paternidad o maternidad dependerán, en primer lugar, del tipo de prestación que se esté cobrando, es decir, si es el paro (aquella que se recibe por haber cotizado al menos 360 días) o si es uno de los ocho tipos de subsidios por desempleo que existen. En el primer caso, una vez que se ha informado a los servicios de empleo de que se ha tenido un hijo, quedará suspendido y será la Seguridad Social la administración que se haga cargo del pago de la prestación de maternidad o paternidad.
Durante este periodo, el trabajador no tiene las obligaciones de demandante de empleo (acudir a cursos de formación obligatorios, sesiones de orientación laboral u ofertas de empleo obligatorias) y no se consume ningún día de los que restaban por cobrar del desempleo.
Cuando concluya la baja de maternidad y se informe de nuevo al SEPE (hay 15 días hábiles de plazo), se podrá reanudar el cobro del paro por el mismo importe y duración que había cuando se suspendió, es decir, no se habrá perdido ningún día de la prestación que quedaba por consumir.
Subsidio por desempleo
La situación cambia por completo cuando lo que se cobra no es una prestación contributiva, sino un subsidio por desempleo. En este caso, la baja por maternidad no afecta, de modo que se seguirá recibiendo ese subsidio por el mismo importe y duración como si no se hubiera producido baja. Desde el SEPE subrayan la necesidad de comunicarla a la oficina de empleo, entregando el informe del médico de cabecera, para que suspendan la demanda de empleo. Mientras dure la baja por maternidad, siempre que se haya informado, no hay que acudir a cursos, sesiones de control, charlas o sellar el paro, al estar suspendida la demanda de empleo. Sin embargo, el subsidio sí se continuará cobrando.
Caso diferente será si cuando el afectado agote el subsidio por desempleo continúa en situación de maternidad o paternidad. «Si cuando agote el subsidio continúa en situación de maternidad o paternidad, no tendrá derecho a prestación por estas situaciones a cargo del INSS», recalcan desde el SEPE.
Fin del contrato durante la baja maternal
El último supuesto atendería a aquellos trabajadores a los que se les acaba el contrato en mitad de su baja por maternidad o paternidad. En este caso, la seguirían cobrando por parte de la Seguridad Social hasta que concluyese el plazo de las 16 semanas o se tuviera el alta médica. Una vez terminado el periodo de baja por maternidad, se abre un plazo de 15 días para solicitar las prestaciones por desempleo siempre que el trabajador tenga derecho a ellas por cumplir los requisitos de cotización. En este caso, tampoco se descuenta del tiempo de duración del paro los días en que la madre estuvo de baja por maternidad.
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