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La pausa de 15 minutos en el trabajo: lo que dice el Estatuto de los Trabajadores

El artículo 34 aclara el tiempo que le correponde a cada empleado cuando se trabaja un mínimo de seis horas seguidas

SUR

Domingo, 7 de septiembre 2025, 00:20

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El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores no deja lugar a dudas: «Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis ... horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a quince minutos. En el caso de los menores de 18 años, si la jornada de trabajo supera las cuatro horas y media, la duración mínima de su descanso debe ser de treinta minutos». El objetivo es claro: garantizar la salud y bienestar de la plantilla.

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