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Los afectados por ERTE no tienen que hacer ningún trámite en el SEPE para acceder al paro

Sí se mantiene el requisito de darse de alta como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, que ha habilitado un formulario 'online'

Nuria Triguero

MÁLAGA

Viernes, 27 de marzo 2020, 11:00

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Los trabajadores que se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) provocado por el coronavirus no tienen que realizar ningún ... trámite en el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) para acceder a la prestación por desempleo. Son sus empresas las que deben realizar la solicitud colectiva en nombre de todos sus trabajadores incluidos en el ERTE, como medida excepcional pensada para aliviar el colapso que sufren las oficinas de empleo en esta situación de emergencia. Lo único que tiene que hacer el trabajador es autorizar a su empresa para que envíe sus datos al SEPE. Así lo recuerda el servicio público de empleo en un comunicado en el que también reconoce que el alto volumen de expedientes que está acumulando puede ocasionar retrasos en el pago de las prestaciones. El trámite que no se ha eliminado, y que por tanto hay que cumplir para cobrar la prestación, es darse de alta como demandante en el Servicio Andaluz de Empleo. Para ello, y atendiendo a las circunstancias excepcionales, se ha habilitado un formulario online.

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