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Seguridad Social: Casos en los que pueden denegar una pensión de jubilación

Seguridad Social: Casos en los que pueden denegar una pensión de jubilación

Las principales razones que llevan a a la administración a rechazar una solicitud están relacionadas con el tiempo de cotización y la edad obligatoria de jubilación

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Jueves, 1 de julio 2021, 18:35

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El Instituto Nacional de la Seguridad Social puede denegar una pensión de jubilación por distintas razones, aunque principalmente tiene que ver con el tiempo de cotización y la edad obligatoria de jubilación. Así, los trabajadores que no hayan trabajado un mínimo de 15 años (dos de los cuales deben ser entre los últimos 15) no tendrían derecho a la pensión de jubilación.

Además, otra de las razones que puede lleva a la administración a rechazar la solicitud de pensión es la edad obligatoria de jubilación, que este año es de 65 años para los que hayan trabajado 37 años y tres meses, y de 66 años para el resto. Esta edad se rebaja dos años en caso de jubilación anticipada. Así pues, si se solicita esta prestación contributiva antes de tiempo, la Seguridad Social la rechazará.

En el caso de los trabajadores autónomos, a estas razones, hay que sumar además estar al corriente de pago de las deudas con la Seguridad Social.

Recursos

Si la Seguridad Social rechaza la pensión o, tras la solicitud, no hay respuesta en 90 días (este silencio se entiende como negativa), el ciudadano podrá recurrir esta decisión. Existen varias formas.

La primera de ellas es presentar un recurso en la Seguridad Social, trámite que ha de realizarse durante los 30 días siguientes a la llegada de la notificación de rechazo o en los 30 días siguientes a la finalización del plazo de 90 días, si no hay respuesta del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Esta administración ha de responder en un plazo de 45 días y si no hay respuesta, se considerará una nueva negativa al ciudadano.

Ante esta situación, el solicitante aún podría recurrir ante el Juzgado de lo Social en un plazo de 30 días tras la notificación de denegación o tras los 45 días sin que haya respuesta de la Seguridad Social.

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