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La Seguridad Social aumenta hasta los 115 euros la ayuda mensual por hijo

La Seguridad Social aumenta hasta los 115 euros la ayuda mensual por hijo

Este complemento de ayuda a la infancia ha ido vinculado desde su aprobación en 2022 a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital con hijos a cargo, pero también pueden solicitarlo quienes no lo sean

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Lunes, 13 de febrero 2023, 21:04

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Esta ayuda de la Seguridad Social, conocida oficialmente como complemento de ayuda a la infancia y regulada en la Ley del Ingreso Mínimo Vital (art.11.6 y art. 13.2.e) , se implantó en 2022 con el objetivo de apoyar a las familias con rentas bajas e hijos a cargo. En función de la edad del menor, las cuantías de la ayuda ascienden a los 57,50 euros (por cada hijo entre 6 y 18 años); los 80,50 euros (por cada hijo entre 3 y 6 años) y los 115 euros al mes (por cada hijo menor de 3 años). Esta ayuda, conocida popularmente como la ayuda de los 100 euros, aumenta así su importe este año hasta los 115 euros.

Aunque concebida inicialmente como un complemento para los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con hijos, esta ayuda también pueden solicitarla otras familias que no reciben el IMV, por ejemplo aquellas que están cobrando la antigua prestación por hijos a cargo y las unidades de convivencia con rentas bajas y en las que haya un menor. El tope de ingresos es del 300% las rentas que garantiza el IMV, es decir, que pueden solicitar esta ayuda las familias con ingresos tres veces inferior a las ayudas mínimas que garantiza el Ingreso Mínimo Vital. Tampoco se puede superar el 150% de los topes de patrimonio del IMV.

Este complemento pueden solicitarlo los interesados, pero en otros casos será el mismo Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el que de oficio lo reconozca a las familias más vulnerables. Así, no tendrán que pedirlo los actuales perceptores de IMV; los solicitantes del IMV que tengan el expediente en trámite, y los beneficiarios de Protección Familiar cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuran en el expediente de Protección Familiar y cumplan los requisitos.

Por otra parte, advierte la Seguridad Social que quienes tengan derecho al IMV se le reconocerá el complemento junto con la prestación, «sin que sea necesario que presente una solicitud independiente», aclara.

También es posible solicitar este complemento de ayuda a la infancia aunque el interesado no pida el IMV.

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