OCU: Los padres jubilados ya pueden reclamar la pensión de maternidad avalada por el Supremo con efecto retroactivo
La pensión puede aumentar entre un 5% y un 15% a los padres de dos o más hijos
Los padres con al menos dos hijos y con una pensión contributiva reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero ... de 2021 ya pueden reclamar con todo el amparo legal y con efecto retroactivo el complemento de maternidad inicialmente destinado a las mujeres. Esto puede suponer el incremento de su pensión entre un 5% y un 15%, tal y como ha recordado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Una sentencia del Tribunal Supremo resolvió el pasado mes de febrero que cualquier varón que accedió a su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación forzosa anticipada, viudedad o incapacidad permanente en ese periodo podrá obtener el complemento de maternidad con efectos desde el momento en que accedió a su pensión, y no desde febrero del 2020 como hasta ahora concedía la Seguridad Social.
En su redacción original, el artículo 60 de la Ley General de Seguridad Social (LGSS) reconocía un complemento por maternidad en las pensiones contributivas de la Seguridad Social con carácter exclusivo a las mujeres que fueran madres de dos o más hijos. Sin embargo, en una sentencia del 12 diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se opuso a que dicho complemento se negara a los hombres si se encontraban en la misma situación, ya que constituía una discriminación directa por razón de sexo.
Es el 12 de diciembre de 2019 cuando una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncia en contra de la norma española de la Seguridad Social, porque vulnera la Directiva Europea 79/7 y constituye una «discriminación directa por razón de sexo». «La circunstancia de que las mujeres estén más afectadas por las desventajas profesionales derivadas del cuidado de los hijos, porque en general asumen esta tarea, no puede excluir la posibilidad de comparación de su situación con la de un hombre que asuma tales cuidados y que, por esa razón, haya podido sufrir las mismas desventajas en su carrera profesional», esgrime el Tribunal Europeo.
A partir de esta sentencia hubo padres que reclamaron el complemento de maternidad (vease sentencia en Málaga) y la Seguridad Social comenzó a reconocer el complemento a los hombres, pero, únicamente, a partir de la fecha de publicación de la sentencia del TJUE, es decir, a partir del 17 de febrero de 2020, con lo que se ahorraba muchos meses de pago de complementos atrasados.
Sin embargo, la sentencia del Supremo de este mismo año establece que los hombres que reúnan las exigencias establecidas legalmente tienen derecho a que el complemento de pensión por aportación demográfica se les reconozca con efectos retroactivos. Es decir, no pueden reclamar aquellas personas con pensiones reconocidas antes del 01/01/2016 ni desde el 04/02/2021. Consulta todos los requisitos aquí.
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