Borrar

Varapalo judicial a las comunidades: no pueden obligar a asumir los gastos del ascensor a propietarios exonerados años atrás

El Tribunal Supremo estima el recurso de casación de los afectados y subraya que se pueden cambiar acuerdos tomados con anterioridad, pero siempre que no afecten a situaciones consolidadas a favor de otros comuneros

Jueves, 28 de agosto 2025, 13:15

Comenta

En la junta de la comunidad de propietarios celebrada en Madrid el 7 de marzo de 1994, se abordó por primera vez la instalación de ... un ascensor y ante la pregunta: ¿acepta la instalación del ascensor en la finca cuyo coste solo se repercutirá entre los propietarios que se vinculen a esta innovación? se obtuvo una mayoría de seis a tres. No obstante, se pospuso la decisión y en una reunión posterior celebrada el 21 de septiembre de 1994 se trató este asunto como único punto del orden del día. ¿El resultado? Seis propietarios a favor (58,81%); dos en contra (19,06%); una abstención (5,59%), y tres ausencias (15,54%). En definitiva, se acordó que se aprobase la instalación del ascensor, y se añadió: «La instalación será costeada y mantenida exclusivamente a costa de quienes están interesados en dicha obra». Al año siguiente se llevó a cabo la obra y los propietarios que se opusieron a ella se les eximió desde entonces del pago de los gastos correspondientes a dicho servicio.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur Varapalo judicial a las comunidades: no pueden obligar a asumir los gastos del ascensor a propietarios exonerados años atrás

Varapalo judicial a las comunidades: no pueden obligar a asumir los gastos del ascensor a propietarios exonerados años atrás