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Resbala en la ducha antes de ir a una formación de la empresa en otra ciudad y el Supremo dice que no es accidente laboral

El Alto Tribunal razona qué circunstancias deben ser tenidas en cuenta para que un accidente pueda considerarse como laboral en un trabajo «en misión»

Martes, 8 de julio 2025, 23:29

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Acudió a Tarragona siguiendo instrucciones de su empresa. Debía intervenir en un seminario formativo y, ese día, cuando se preparaba sobre las siete de la ... mañana para asistir a la convocatoria resbaló en la ducha. Como consecuencia de la caída, esta trabajadora estuvo de baja médica durante 14 días. Por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se declaró que era una incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo. Sin embargo, la aseguradora de la empresa entendía que se trataba de un accidente común, no laboral.

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