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Aprovechaba su puesto de trabajo para acceder a bases de datos de clientes a través de una plataforma de la compañía. Seleccionaba a posibles víctimas, en su mayoría de avanzada edad, que tenían una cuenta corriente en el Banco de Santander, de tal forma que descargaba la aplicación de la entidad financiera en un móvil y a continuación introducía el DNI de la víctima.
Al pedir la app la contraseña, solicitaba la recuperación de la misma, seleccionando la opción de que le mandara un SMS al móvil del perjudicado, mostrándole la aplicación el número móvil del cliente con asterisos, salvo los tres últimos dígitos del teléfono. Con esas tres cifras realizaba una búsqueda a través de la plataforma y, si coincidían, pasaba a la siguiente fase que consistía en realizar un duplicado de su tarjeta SIM.
Algunas veces lo hacía de forma presencial desde la tienda Phonehouse. Allí cogía una tarjeta de portabilidad de Vodafone y creaba una orden el sistema para realizar el duplicado. Una vez finalizada y desde uno de los teléfonos móviles de su propiedad y con la tarjeta SIM a nombre de una persona con identidad ficticia, realizaba un cambio de titular de la tarjeta, poniendo la identidad ficticia en el número móvil que quería duplicar, el que corresponde al de acceso a la banca online y cuya tarjeta SIM había insertado previamente en uno de sus teléfonos móviles.
En otras ocasiones, el duplicado lo realizaba telefónicamente, creando la orden, dejando pendiente de adelantar procesos, siguiendo los pasos anteriores, pero finalizando el proceso un trabajador del departamento de atención al cliente de Vodafone, desconocedor de los hechos. Así, realizó numerosas extracciones de dinero y compras con cargos en cuentas bancarias no autorizadas por sus titulares. En total, la cantidad defraudada asciende a 20.053,21 euros.
Ahora, la Audiencia de Valladolid ha condenado a este empleado de una empresa de telemarketing (trabajó desde febrero de 2020 hasta marzo de 2021 para hacer contratos para Vodafone) por un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos y otro de estafa a la pena de dos años de prisión y una multa de 540 euros por suplantar la identidad de clientes y llevar a cabo operaciones bancarias. Desde el inicio del procedimiento, el acusado reconoció los hechos y explicó la mecánica operativa, que quedó reflejada en el atestado policial y en la prueba documental obrante.
Por otra parte, también tendrá que indemnizar con 700 euros a los afectados y asumir el pago de las costas.
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