La pensión de viudedad superará por primera vez los 900 euros en 2025
La cuantía definitiva se conocerá el 13 de diciembre, cuando se tenga el dato de la tasa media de inflación interanual de los últimos 12 meses
La incógnita estará más cerca de despejarse el próximo 28 de noviembre cuando el INE publique el IPC adelantado de ese mes, aunque la cifra ... definitiva se conocerá el 13 de diciembre, que es cuando se sabrá el dato de la tasa media de inflación interanual de los últimos 12 meses. Este será el porcentaje de aumento que se aplicará a las nóminas de más de nueve millones de pensionistas el próximo año.
Estos perceptores volverán a ver mejoradas sus prestaciones mensuales gracias a la subida que se incluye de forma automática en los Presupuestos Generales del Estado desde hace tres años cuando se aprobó la Ley General de Seguridad. Así lo recoge su artículo 58: «Todas las pensiones de Seguridad Social, en su modalidad contributiva, incluido el complemento de brecha de género, se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior».
Así, con los resultados de once de los doce meses, la revalorización se prevé entre el 2,8% (cifra hasta octubre y la estimada por Funcas) y el 3%, según evolucionen los precios energéticos y de los alimentos este mes, que es la única incógnita que falta por conocer. No obstante, desde el Gobierno ven improbable que el IPC se dispare.
Con estas previsiones, las pensiones de viudedad rebasarán por primera vez el umbral de los 900 euros mensuales, pues teniendo en cuenta el actual importe medio de la prestación de viudedad en España (en octubre ha alcanzado una cuantía de 898,3 euros al mes), si se confirma la subida del 2,8% prevista, la nómina llegará en 2025 a los 923 euros.
Además, el importe de la pensión mínima de viudedad experimentará -al igual que la mínima de jubilación, y las pensiones no contributivas- un crecimiento mayor a ese 2,8%, que es el IPC medio estimado de los 12 meses anteriores al de diciembre de 2024 (la fórmula de revalorización aplicada desde 2022).
Esas cuantías mínimas variarán en función de que el pensionista haya cumplido determinada edad, y de que tenga o no familiares a su cargo, siempre que no supere un límite de ingresos establecido.
En el caso de la pensión mínima de viudedad con cargas familiares, -según establece el Real Decreto-ley 2/2023 que amplía los derechos de los pensionistas- desde este año se incrementa progresivamente (aplicando un porcentaje adicional al IPC) de forma que en 2027 no podrá ser inferior al umbral de pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos.
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