Borrar

Exponer el nombre y la deuda de un vecino moroso en el tablón de la comunidad: esto dice la normativa

La ley prevé su exposición, pero solo en casos muy concretos y de acuerdo a un procedimiento regulado

Jueves, 29 de mayo 2025, 17:14

La publicación en el tablón de avisos de un bloque de la identidad de los propietarios deudores y de sus cuotas vencidas e impagadas a la comunidad no está amparada por la normativa de protección de datos. Ahora bien, la Ley de Propiedad Horizontal, en su objetivo de lograr que las comunidades puedan legítimamente cobrar lo que les adeudan los copropietarios integrantes de las mismas, les otorga la posibilidad de dar publicidad a través de la convocatoria de la Junta de propietarios de la identidad de aquellas personas que no se encuentren al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad. Esta publicidad conlleva el conocimiento por todos los copropietarios del nombre de los deudores, así como del importe de su deuda, sin que sea necesario recabar el consentimiento de los mismos.

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 16.2 prevé que la convocatoria de la Junta contenga la relación de vecinos morosos que estén privados del voto, «siendo una buena práctica la notificación de la convocatoria individual por correo, la inclusión en cajetín, o mediante intranet con clave y contraseña, evitándose cualquier medio que pueda suponer el acceso por terceros (Internet)», subraya la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

No obstante la difusión de la lista de un vecino deudor podrá publicarse únicamente en el supuesto recogido en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal, apartado h), párrafo segundo: «Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente. La notificación practicada de esta forma producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales».

Por tanto, desde el punto de vista de la protección de datos, la lista de vecinos deudores se podrá exponer en el tablón de anuncios de la comunidad «siempre que se pueda acreditar que la notificación al propietario no ha sido posible». En este sentido, la AEPD advierte de que el tablón de avisos no deberá colocarse en un lugar de tránsito fácilmente accesible por cualquier persona.

Identificación del moroso por carta

La publicación de la relación de propietarios con cuotas vencidas y pendientes de pago, mediante comunicación singularizada y periódica remitida a cada uno de ellos, tampoco encuentra cobertura en la normativa de protección de datos. Incluso en el supuesto en el que no se haga mención expresa a la identificación personal del vecino o vecinos deudores (por ejemplo, indicando el piso), dicha comunicación tampoco resulta conforme con la normativa de protección de datos, pues dicho dato o referencia va siempre asociado a la del titular de la vivienda. «Así pues, no cabe duda de que se tratará de datos de carácter personal, al referirse a personas físicas identificables».

No obstante, si la mencionada publicación se realizara en cumplimiento de un acuerdo expreso adoptado por la Junta de propietarios, «nos encontraremos ante una cesión de datos con consentimiento previo de los interesados, que en principio no vulneraría la normativa sobre protección de datos personales».

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariosur Exponer el nombre y la deuda de un vecino moroso en el tablón de la comunidad: esto dice la normativa

Exponer el nombre y la deuda de un vecino moroso en el tablón de la comunidad: esto dice la normativa