Autónomos a los que Hacienda atiende en persona para la Renta
La Agencia Tributaria ofrece asesoramiento a determinados trabajadores por cuenta propia para elaborar el IRPF de este año
La campaña de la Renta de 2025 encara sus últimas semanas. Desde el pasado lunes 2 de junio, los autónomos en el régimen de módulos ... pueden acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para hacer la declaración del IRPF con la ayuda de un funcionario. Al contrario de lo que muchos piensan, no todos tienen acceso: sólo quienes cumplan ciertos requisitos de ingresos y presenten una declaración sencilla.
La atención presencial, igual que la telefónica, exige además una cita previa. Ésta puede pedirse por internet, desde la aplicación de la Agencia o por teléfono. Además, es imprescindible llevar toda la documentación exigida, que puede consultarse en la web oficial. Y no hay excepciones: este año, como el anterior: todos los autónomos están obligados a presentar su declaración anual del IRPF, según explican desde el portal especializado Autónomos y Emprendedores.
La atención presencial está reservada a autónomos que tributan por el sistema de estimación objetiva, más conocido como régimen de módulos. Esta sección del colectivo presenta una declaración más sencilla, basada en parámetros como los metros del local, el número de empleados o la potencia contratada, lo que facilita su gestión en la oficina.
No pueden acceder quienes hayan ganado más de 65.000 euros por rendimientos del trabajo el pasado 2024
Ahora bien, ni siquiera todos los autónomos en módulos tienen derecho a este servicio. Según el portal, quedan excluidos aquellos que superen ciertos límites de ingresos del trabajo o del capital inmobiliario, así como quienes declaren arrendamientos complejos.
Según datos de la AEAT, no pueden acceder quienes hayan ganado más de 65.000 euros anuales por rendimientos del trabajo o más de 15.000 euros por alquileres. Tampoco los que gestionen más de dos inmuebles en alquiler o alquilen a través de plataformas turísticas. Es sencillo: los autónomos que tributan por estimación directa, con un mayor volumen de facturación no pueden acogerse a esta vía. Se trata de una medida pensada para facilitar la declaración a quienes tienen una situación fiscal más simple. El primer filtro es el régimen fiscal. Sólo pueden optar a la atención presencial quienes tributen por estimación objetiva, es decir, en el sistema de módulos. Este modelo simplificado permite una gestión más ágil, siempre que se cumplan ciertas condiciones adicionales.
Así, entre los principales requisitos que impone la Agencia Tributaria destacan no superar los 65.000 euros anuales en rendimientos del trabajo; no haber obtenido más de 15.000 euros anuales por rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario; no haber realizado más de dos transmisiones de bienes durante el ejercicio fiscal, salvo herencias o donaciones; no declarar el arrendamiento de más de dos inmuebles ni tener en vigor más de dos contratos de alquiler, y no incluir en la declaración alquileres gestionados a través de plataformas turísticas.
En todo caso, aunque la atención presencial está disponible desde el pasado 2 de junio, nadie será atendido sin cita previa. El pasado 29 de mayo dio comienzo la posibilidad de solicitud y estará abierta hasta el 27 de junio, siempre que queden huecos disponibles. Los trabajadores por cuenta propia que cumplan los requisitos pueden pedir cita a través de tres vías: en la web de la Agencia Tributaria; desde la 'app' oficial de la AEAT, o bien por teléfono, en los números 91 553 00 71 o 901 22 33 44. Una vez reservada la cita, Hacienda asignará una fecha, hora y oficina concreta.
Desde la Administración recomiendan no esperar al último momento, ya que los cupos suelen llenarse con rapidez, sobre todo en algunas ciudades con mayor demanda como Málaga. Además de haber solicitado cita previamente, un requisito imprescindible para ser atendido en oficinas, cada autónomo debe acudir con toda la documentación que permita confeccionar correctamente su declaración, tanto sobre su situación personal como económica.
En todos los casos, será obligatorio llevar el DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todas las personas que figuren en la declaración; el número IBAN de la cuenta bancaria donde se ingresará o cargará el resultado, las referencias catastrales de todos los inmuebles: tanto en propiedad como en alquiler o en otras situaciones, que pueden consultarse en el recibo del IBI, según explican desde el portal Autónomos y Emprendedores.
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