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El aviso de la Seguridad Social a los autónomos antes de que empiecen su actividad

El organismo aclara los requisitos y trámites necesarios para darse de alta antes de empezar a operar

Sábado, 25 de septiembre 2021, 15:33

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Lanzarse la piscina no es sencillo. Los primeros ingredientes son ganas y valentía. Una vez dado el paso y perdido ese vértigo, toca ponerse al ... día de los trámites requeridos por la administración. A fin de que este proceso sea lo más sencillo posible, la Seguridad Social cuenta en su página web con una guía rápida en la que repasa el paso a paso para empezar a operar como autónomo. «¿Quieres trabajar por tu cuenta? Consulta los requisitos y tramita tu alta antes de empezar tu actividad», comienza dicho documento, donde recuerda que cualquier español o residente en España, o extranjero con permiso de trabajo, con más de 18 años debe darse de alta en trabajo autónomo antes de realizar de manera habitual una actividad económica por cuenta propia. «Estás obligado a hacerlo si vas a realizar una actividad económica de manera personal y habitual independientemente de los ingresos que la actividad genere. Si desempeñas varias actividades por tu cuenta, sólo tienes que darte de alta una vez e indicar las diferentes actividades que desarrollas», aclara.

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