Aviso de la Seguridad Social a los autónomos sobre el pago de deudas pendientes
Los trabajadores por cuenta propia pueden consultar por vía telemática si están al corriente del abono de sus cuotas y si es así pueden también obtener un certificado que lo acredite
El portal Import@ss, puesto en marcha hace algo más de un mes para agilizar muchos de los trámites que se realizan con la Seguridad ... Social (descargar el informe de vida laboral; tramitar altas, bajas y modificaciones en empleo en el hogar o el trabajo autónomo; modificar datos de contacto y domicilio; o acceder a la cotización, datos de jornada y salario o el resto de información relevante si es empleado/a de hogar), suma un servicio a los 40 que ya pueden realizarse.
En este sentido, los trabajadores autónomos pueden consultar desde ahora, con carácter previo a su abono, el recibo que se cargará en su cuenta en el mes en curso con el detalle del cálculo de la cuota, así como los datos bancarios de que dispone la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Esta consulta se puede realizar en cualquier momento, aunque para ver el recibo del mes actual hay que realizar la consulta después del día 26 de cada mes. Si se hace antes, solo se verá el recibo correspondiente al mes anterior.
Así, lo anuncia esta administración a través de su página web, donde también avisa de la posibilidad de consultar los pagos y las deudas pendientes con la Seguridad Social. Desde esta sección, todos los ciudadanos que tienen asignado un número de la Seguridad Social o de afiliación pueden comprobar si están al corriente en el pago de las cuotas con la Seguridad Social y obtener un documento informativo que lo acredite. Es decir, el trabajador por cuenta propia tiene la opción de obtener tanto un informe como un certificado de que no tienes deudas con la Seguridad Social.
El informe refleja si hay o no deuda con la Seguridad Social. Además, si hay deuda, obtendrá un segundo documento con un número de referencia, los periodos y los importes de la deuda.
En el caso del certificado, este documento le permite justificar esa situación de estar al corriente de pago y poder, por ejemplo, solicitar subvenciones, participar en los procesos de concesión de contratos del sector público o supuestos de contratas y subcontratas.
Pagos y devoluciones
En relación a los pagos y devoluciones pendientes, también cabe la posibilidad de realizar algunas gestiones, como solicitar aplazamientos para el pago de posibles deudas o efectuar el pago de las mismas con tarjeta de crédito o débito.
Para acceder a todos estos servicios, es imprescindible la identificación mediante Cl@ve, certificado digital o vía SMS.
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