Los autónomos andaluces ya pueden solicitar la 'cuota 0'
Con esta nueva medida se bonifica la mensualidad de tarifa plana con importe de 85 euros y los trabajadores recuperarán las abonadas en los 12 meses anteriores
Isabel Cisneros
Málaga
Miércoles, 3 de enero 2024
Los autónomos andaluces empiezan el año con cierto alivio. Esto se debe a que desde el pasado 2 de enero ya se puede solicitar la ... Subvención Línea 1, Cuota Cero, por la que la mensualidad de tarifa plana de 85 euros se eliminará durante un año. Una de las alegrías que trae esta nueva medida es que se podrán acoger todos aquellos autónomos que se dieron de alta desde el pasado 1 de enero de 2023 y que tendrá carácter retroactivo, siempre y cuando hayan completado los 12 meses naturales de duración en situación de autónomo.
La ayuda cubrirá los gastos del pago de la cuota que han abonado durante este ejercicio. Inicialmente está pensada para solo un año, aunque podrán beneficiarse de un segundo año aquellos autónomos que no lleguen a ingresar el Salario Mínimo Interprofesional; las autónomas que tras la maternidad vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años siguientes al cese, a contar desde la fecha de la reincorporación; y los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o de terrorismo.
Los requisitos para acogerse a la subvención son: estar de alta en el RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos) a fecha de la presentación de la solicitud y que el trabajador desarrolle su actividad económica o profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, deberá encontrarse en alguna de estas categorías: haber sido beneficiario de la cuota reducida desde la fecha de alta y durante los 12 meses siguientes, incluyendo a las personas trabajadoras autónomas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo o encontrarse en el régimen de la cuota reducida durante los meses trece a veinticuatro (pertenezca a alguna de las minorías anteriormente mencionadas o no).
El trámite se puede realizar en línea a través de internet y el plazo estará abierto hasta el 30 de septiembre de 2026, no teniéndose derecho a cantidad alguna de la subvención si no se cumple la duración de los 12 meses naturales completos. Según se aclara en su normativa, el plazo máximo de resolución y notificación es de cuatro meses desde la presentación de la solicitud en el registro electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión