La Junta autoriza llevar al Constitucional la ley de Vivienda por invasión de competencias
El recurso alude a 16 artículos y cuatro disposiciones de la norma sobre las que el Gobierno andaluz considera que el Estado no puede legislar
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía autorizó este jueves en una reunión extraordinaria interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley por ... el Derecho a la Vivienda, aprobada el pasado mayo, por considerar que invade competencias exclusivas en esa materia recogidas en el Estatuto de Autonomía. Así lo anunció el portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco, tras la celebración del Consejo, el último de este curso político.
La autorización del recurso al TC se produce tras obtener el dictamen positivo del Consejo Consultivo, el último trámite preceptivo que quedaba por superar, que coincide con el dictamen de los servicios jurídicos de la Junta, que sostiene que la norma invade competencias exclusivas de la comunidad.
La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda solicitó el informe no vinculante del Consejo Consultivo de Andalucía que, el pasado martes respaldó la mayoría de los argumentos que proponía el Gabinete Jurídico de la Junta.
El recurso de inconstitucionalidad se dirigirá contra 16 artículos y cuatro disposiciones de la Ley de Vivienda porque la Junta considera que el Estado no puede legislar, ni siquiera de forma supletoria, en materia de vivienda, «tal y como se ha pronunciado de forma reiterada el Tribunal Constitucional«.
El recurso propone impugnar «toda la regulación recogida en la Ley Estatal de Vivienda en torno al concepto de vivienda protegida, vivienda asequible incentivada, gran tenedor y parque público». La Junta entiende que se han sobrepasado los límites desde el artículo 3, donde se recogen las definiciones de estos conceptos, como su posterior desarrollo en los artículos 9 (apartado e), 16, 27, 28, 29, 32, 33, 34, 35 y 36, así como en la Disposición Transitoria Primera«, según explicó Fernández-Pacheco.
El Gobierno andaluz considera que la regulación de la Ley Estatal de Vivienda en estos artículos «es tan completa y acabada que no deja resquicio alguno para la regulación al legislador autonómico, que es el competente en la materia».
También se acuerda recurrir los artículos 8 y 11.1 de la ley, porque «hacen una regulación de los derechos y deberes de los propietarios de viviendas y su estatuto jurídico, que a la luz de la jurisprudencia compete a la comunidad autónoma, que le corresponde velar por los intereses tutelados por dicha legislación y establecer las limitaciones inherentes a la propiedad».
La Ley Estatal de Vivienda incluye asimismo la regulación para declarar las zonas tensionadas o de los grandes tenedores que, en opinión de la Junta, «suponen una invasión directa de las competencias exclusivas autonómicas en materia de vivienda y del derecho de propiedad».
También se impugna la Disposición Adicional Tercera, que revisa los criterios para identificar las zonas de mercado residencial tensionado; y la Disposición Final Primera en su apartado 1.3, 3 y 6. El recurso incluye la impugnación de artículo 15.1 (apartado e) y la Disposición Final Cuarta de la norma estatal, relativos a cuestiones como el porcentaje de reserva para vivienda sujeta a algún régimen de protección pública de alquiler y de reserva en zonas de mercado residencial tensionado para la construcción y gestión de viviendas sociales o dotacionales.
En opinión de la Junta, estos apartados vulneran el Estatuto de Autonomía de Andalucía relativos a la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
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