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multilingüismo

El Senado aprobará el dictámen para que las lenguas cooficiales se usen en el Pleno

La Comisión de Reglamento ha apoyado una enmienda transaccional que modifica tres artículos e introduce una disposición adicional y una final al Reglamento de la Cámara Alta

EFE

Martes, 13 de julio 2010, 17:24

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La Comisión de Reglamento del Senado ha aprobado hoy enviar al pleno de la próxima semana el dictamen que amplía el uso de las lenguas oficiales en la Cámara Alta, hasta ahora restringido a la Comisión General de las Comunidades Autónomas. La Comisión de Reglamento ha apoyado una enmienda transaccional, presentada por el PSOE y que han suscrito el resto de grupos -a excepción del PP-, que modifica tres artículos e introduce una disposición adicional y una final -que fija la entrada en vigor de la reforma el 1 de enero de 2011- al Reglamento del Senado.

La decisión de incluir una disposición adicional, que recoge y concreta todos los trabajos parlamentarios en los que se pueden emplear las cinco lenguas oficiales del Estado, se ha debido a la necesidad de clarificar este uso y facilitar reformas posteriores del Reglamento del Senado. Así, la disposición afirma que el Senado, como Cámara territorial, "ampara el normal uso oral y escrito que de cualquiera de las lenguas que tengan el carácter de oficiales en alguna comunidad autónoma". Ese uso se limita a la primera intervención del presidente ante el Pleno, a las sesiones de la Comisión General de las Comunidades Autónomas, al debate de las mociones en el Pleno, a la publicación de iniciativas y presentación de escritos en el Registro, siempre que estén acompañadas del texto en castellano, y a los escritos que ciudadanos e instituciones dirijan al Senado.

Se modifican además tres artículos del Reglamento. Así, se introduce un tercer apartado en el artículo 20 del Reglamento -sobre las prerrogativas y obligaciones parlamentarias de los Senadores- para que los parlamentarios puedan presentar escritos en el Registro en cualquiera de las lenguas oficiales, junto al texto en castellano. Asimismo, el artículo 84 -que regula el uso de la palabra en los Plenos- tendrá un quinto apartado para que los senadores puedan usar las lenguas oficiales, aunque sólo "con ocasión del debate de las mociones". Por último, se modifica la redacción del artículo 191.2 del Reglamento, que faculta a los senadores a que las iniciativas presentadas se publiquen en cualquier lengua oficial, además de en castellano. Así, en lugar de "moción, interpelación o pregunta" se utiliza el término "iniciativa" en la nueva redacción de este apartado.

En la exposición de motivos de la propuesta se recuerda que la Constitución proclama en su preámbulo la voluntad de proteger las lenguas "de todos los españoles y pueblos España" y establece que serán objeto de especial respeto y protección. Por todo ello, el Senado considera necesario la potestad que le confiere la Constitución y reformar el Reglamento para ampliar en la Cámara la posibilidad de utilizar cualquiera de las lenguas oficiales. La Diputación Permanente del Senado, reunida hoy, ha aprobado por asentimiento el orden del día del pleno de la próxima semana, acordado previamente por la Mesa y la Junta de Portavoces de la Cámara, en el que figurará la votación definitiva de esta reforma de Reglamento para el uso de las lenguas.

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