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Nuria Triguero
Sábado, 18 de febrero 2017, 01:06
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La de Antonio Escribano es una historia de David contra Goliat. Sólo que, en vez de con una honda, este vecino de Cuenca, matemático y arquitecto jubilado para más señas, iba armado con una fórmula. Su enemigo a batir: el ayuntamiento de su ciudad y el impuesto de plusvalía. Corría el año 2010 cuando el buen señor recibió una carta del consistorio conquense. En su interior, una liquidación complementaria del impuesto de plusvalía por la venta de un inmueble que había realizado en 2005, por la que se le reclama una deuda tributaria adicional de 18.077,79 euros. Casi nada.
El matemático jubilado inició entonces una batalla legal que duró dos años y acabó en victoria: no tuvo que pagar los 18.000 euros. El argumento con el que convenció primero al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca y después al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha fue que la fórmula que aplicaba el Ayuntamiento para calcular el impuesto de plusvalía era incorrecta y provocaba, invariablemente, que el contribuyente pagara más de lo que debía. Un 40% más, para ser exactos. ¿Por qué? Porque de aplicar la fórmula del Ayuntamiento, lo que se estaría calculando sería el incremento de valor del suelo en años sucesivos y no en años pasados, según reconocía el juez de instancia en su sentencia. Antonio Escribano adjuntó en su alegato todo un 'tocho' de fórmulas y explicaciones matemáticas que los abogados del consistorio conquense no supieron rebatir.
De esta forma, Escribano consiguió, a sus 72 años, abrir una vía en la inexpugnable muralla que representan las leyes tributarias. Los tribunales dieron por bueno su método de cálculo de la plusvalía y le eximieron de pagar el dinero adicional que le exigía su ayuntamiento. La sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha ha inspirado otras decisiones judiciales. Muy recientemente el Juzgado de Contencioso-administrativo nº 15 de Madrid ha seguido este criterio, afirmando que la fórmula legal de cálculo de la plusvalía municipal grava incrementos futuros, y no los pasados, en la transmisión del suelo urbano, y ordenando la devolución de un 30% aproximadamente del impuesto inicialmente pagado, explica el abogado Joaquín López Avellaneda, del despacho Cuatrecasas.
La moraleja que deja la historia del matemático de Cuenca es, pues, que se podría recurrir la plusvalía municipal incluso en el supuesto de transmisión con beneficio, invocando la incorrección de la fórmula legal, resume el letrado.
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