Se mantiene la condena a un narco por introducir en Málaga más de 50 kilos de cocaína
El TSJA ratifica la sentencia a un hombre que había creado una empresa falsa para mover la droga, al considerar que era plenamente consciente del contenido de la carga
La Guardia Civil decidió abrir un contenedor de carga que llegaba a Algeciras procedente de Panamá con la empresa Fermetales Renovables SA como destinatario –sociedad que más adelante resultó ser una entidad fantasma diseñada para camuflar el movimiento de estupefacientes–. En su interior, además de chatarra, había una serie de cilindros en cuyo interior había más de 50 kilos de cocaína al 87% de pureza, droga que fue incautada por los agentes de Aduanas y sustituida por una de aspecto similar, dando pie al seguimiento de la carga. El camión que transportaba la droga falsa llegó a una nave del Polígono la Candelaria, en Málaga, donde fue recibida por un hombre que fue condenado a pasar seis años en la cárcel por estos hechos en 2019. Ahora, tras haber analizado la apelación, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) coincide con lo dictado por la Audiencia Provincial de Málaga y la sentencia es firme: el narco irá a prisión.
El motivo fundamental del recurso a la sentencia inicial, según se recoge en el fallo del TSJA que se ha hecho público este lunes, era la falta de conocimiento por parte del procesado del contenido de la carga. Según su defensa, él pensaba que se trataba de un cargamento de chatarra, material que supuestamente procesaba la sociedad fantasma. Los argumentos de la Audiencia Provincial, basados en los frutos de la investigación de la Guardia Civil, han sido corroborados por el TSJA, confirmando que el condenado era plenamente consciente de que lo que estaba recibiendo en la nave industrial era cocaína.
Tanto en la Audiencia como el TSJA consideran que «no es imaginable» –como se recoge en el fallo de la apelación– que los responsables del envío de la droga confíen el cargamento a alguien «ajeno al engranaje del tráfico». Los magistrados recuerdan que los más de 50 kilos incautados tienen un valor de mercado aproximado de más de dos millones de euros, por lo que el acusado «debía gozar de su confianza».
Además, el procesado había gestionado meses antes del envío el alquiler de la nave donde fue sorprendido recepcionando la droga. El propietario del inmueble así lo ratificó testificando en el juicio. No obstante, en el interior de la nave ni siquiera tenía la luz eléctrica contratada, ni muebles o material de trabajo. Lo único que había en su interior eran cilindros similares a los que se utilizaron para transportar la droga desde Panamá hasta Algeciras y luego a Málaga. De igual manera, en el teléfono móvil del sospechoso, intervenido por la Guardia Civil, había fotografías de envases idénticos, ya abiertos.
El TSJA considera que todas esas evidencias construyen un «complejo cargo probatorio eficaz» para enervar la presunción de inocencia a la que apelaba la defensa para recurrir el fallo de la Audiencia Provincial. Este fallo es recurrible en última instancia a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
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