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Un hombre ha sido condenado por grabar a menores desnudos en playas de Málaga y Cádiz. El procesado reconoció los hechos y colaboró con las autoridades, lo que le ha supuesto una rebaja de la pena de nueve años -que pedía la Fiscalía- a dos años.
La Policía Nacional lo detuvo el 23 de agosto del año pasado en Estepona. Según declara probado la sentencia, el hombre estaba a las 20.30 horas en actitud sospechosa en la playa situada a la altura de la calle San Roque.
El procesado se encontraba grabando con su móvil a varios menores de edad desnudos «con la finalidad de confeccionar material pornográfico». Según la resolución judicial, se centraba «especialmente en la zona genital».
Unos padres se percataron de la situación y avisaron a la policía. Al llegar, los agentes detuvieron al sospechoso e intervinieron el teléfono, un móvil de la marca y modelo Samsung Galaxy S22.
Los investigadores encontraron en el terminal 187 vídeos en los que grababa a menores de corta edad, «particularmente varones», que se encontraban desnudos en la playa, «con especial fijación en los glúteos y los genitales de los mismos».
Los policías pudieron constatar que las imágenes fueron captadas entre el 6 y el 23 de agosto en distintos puntos de la geografía española, en concreto en la playa del Puerto de Santa María, la de San Roque, y las de Estepona.
Según la sentencia, el procesado colaboró «de forma importante» en la investigación de los hechos, «autorizando el volcado y análisis de su teléfono móvil», la entrada y registro en su domicilio, así como el de todos los dispositivos que se hallasen.
El hombre, de nacionalidad española aunque de origen extranjero, fue detenido el día de los hechos y ha estado en prisión provisional desde entonces hasta la fecha del juicio oral, donde reconoció los hechos y logró una sentencia de conformidad.
La Fiscalía solicitaba una condena a nueve años de prisión por elaboración de pornografía infantil, con inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades que impliquen contacto regular y directo con menores durante 19 años.
Finalmente, el procesado, que ha sido defendido en el proceso por el abogado Luis Miguel Ruiz Braña, ha sido condenado a 2 años de prisión e inhabilitación especial durante tres años y medio al apreciarse la atenuante muy cualificada de confesión y colaboración, quedando inmediatamente en libertad tras la celebración del juicio.
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