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Imagen que se adjuntó a la demanda para demostrar el uso del flotador doble en la atracción. sur
Indemnizan con 100.000 euros a una turista por un accidente en el parque acuático de Torremolinos

Indemnizan con 100.000 euros a una turista por un accidente en el parque acuático de Torremolinos

La joven sufrió varias lesiones hace 10 años al salir despedida cuando se deslizaba por una atracción llamada 'Black hole' junto a un amigo

Jueves, 6 de mayo 2021, 00:35

Una turista holandesa ha obtenido una indemnización de 109.182 euros por un accidente en una atracción del parque acuático Aqualand de Torremolinos. La víctima del siniestro, que entonces tenía 28 años, sufrió lesiones graves que le han dejado secuelas.

Los hechos, sobre los que se acaba de dictar sentencia, ocurrieron hace ya 10 años, concretamente, el 1 de agosto de 2011. La joven, que entonces trabajaba como monitora deportiva y entrenadora personal, se encontraba de vacaciones en España y decidió ir con unos amigos a pasar el día a Aqualand.

La chica estaba haciendo uso de una atracción acuática denominada 'Black hole' (en inglés, agujero negro). El accidente se produjo mientras se deslizaba por un tobogán curvo y cerrado junto a un amigo con un peso aproximado de 110 kilos. Ambos estaban subidos en un flotador doble. Ella, que pesaba 60 kilos, iba detrás.

Según el contenido de la demanda, siguieron «las indicaciones del socorrista que se encontraba al inicio de la atracción». Una vez comenzado el descenso, cuando el flotador cogió velocidad, la joven «salió despedida del rosco». Se golpeó con fuerza la cabeza y la clavícula izquierda contra la parte superior del tubo, lo que le hizo perder el conocimiento.

La víctima fue asistida por su acompañante y trasladada de urgencia a la clínica Santa Elena de Torremolinos. Allí le diagnosticaron traumatismos en el cráneo y en el hombro, así como una fractura en la clavícula de la que fue intervenida quirúrgicamente.

Días después, al recibir el alta, la joven regresó a su país, donde ha estado durante años recuperándose de las lesiones. La demanda recoge entre otras secuelas dolor en el cuello, pérdida de visión, migrañas y mareos que le llegan a producir náuseas y vómitos, «estando muy limitada para realizar cualquier actividad cotidiana».

Tuvo que ser operada de nuevo en 2012 para retirarle el material de osteosíntesis de la fractura de la clavícula debido a las molestias que le provocaba. Ha estado en tratamiento por un fisioterapeuta y también por un psicólogo ante el trastorno de estrés postraumático que le generó el accidente.

Las molestias derivadas de la debilidad en la clavícula –«no aguantaba el tirante de la ropa interior»– la llevaron a someterse a una reducción de pecho, de la que tuvo que volver a ser intervenida quirúrgicamente para corregir la cicatriz y el dolor neuropático (del sistema nervioso) a la presión.

La joven, representada por el letrado Juan Antonio López, de Legal 10 Abogados, demandó al parque acuático y a su aseguradora por la responsabilidad civil derivada del siniestro, que según ella le ha impedido volver a trabajar como monitora deportiva, amén de las secuelas físicas y psicológicas. En 2014, fecha en que presentó la demanda, reclamaba una indemnización de 70.247 euros.

Argumentaba que existió tanto nexo causal como actitud negligente del parque acuático al considerar que esa atracción solo podía ser utilizada por una persona a la vez; que se les facilitó el rosco para dos personas, que el socorrista les indicó que subieran al mismo para deslizarse por el tubo y que no apreciaron la existencia de un cartel indicador con las normas de uso y las prohibiciones.

Según la joven, el socorrista debería haberlos colocado en la posición contraria a la que los situó, de manera que la persona con más peso se colocara en la parte de atrás para evitar que ella saliera despedida al coger velocidad en el descenso. Además, aportaron en la demanda algunos vídeos para demostrar que esa atracción se había usado por dos personas a la vez en otras ocasiones.

Inicialmente, la parte demandada rechazó indemnizar a la joven al considerar que no existía nexo causal y que el resultado lesivo se debía a la «acción y negligencia de la propia víctima o caso fortuito», impugnando asimismo el informe pericial aportado por la víctima sobre la valoración de las heridas y secuelas.

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Torremolinos desestimó en 2018 la demanda al entender que no se acreditó negligencia alguna por parte del parque acuático. La joven recurrió a la Audiencia Provincial de Málaga, que ahora, 10 años después del accidente, le ha dado la razón.

La Sección Cuarta ha estimado parcialmente su demanda, aunque modera la indemnización, fijada en 41.033 euros más los intereses legales, que ascienden a 69.000 euros, lo que supone un total de 109.182 euros. La aseguradora del parque acuático ya ha transferido esa suma a la joven.

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