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¿Puedo irme de vacaciones cuando quiera? El Estatuto de los Trabajadores aclara una de las grandes dudas del verano

El periodo de vacaciones anuales retribuidas deberá tener una duración de al menos treinta días naturales y que no podrá ser sustituido por una compensación económica

Juan Soto

Málaga

Sábado, 23 de agosto 2025, 00:17

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Es una de las grandes dudas cuando comienza el verano y los trabajadores comienzan a planificar sus vacaciones. ¿Puedo cogerlas cuando quiera? ¿Puede obligarme la ... empresa a irme en una fecha concreta? Todas y esas cuestiones las aclara el Estatuto de los Trabajadores, que es la norma base sobre la que se sustentan todos los acuerdos laborales.

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