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Turistas avanzan por el paseo marítimo de Málaga hacia su alojamiento. Salvador Salas

El Supremo respalda que las comunidades de vecinos prohíban las viviendas turísticas

Dos sentencias de la Sala Civil crean jurisprudencia sobre la potestad de las tres quintas partes de la cuota de propiedad para poner coto a esta actividad

Pilar Martínez

Málaga

Lunes, 7 de octubre 2024, 18:16

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El Tribunal Supremo pone por primera vez orden y sienta jurisprudencia sobre el poder de las comunidades de propietarios para prohibir las viviendas turísticas con ... las tres quintas partes de la cuota de propiedad. La Sala de lo Civil del Alto Tribunal deja clara la potestad de estas comunidades para poner fin a esta actividad sin necesidad de un voto unánime. Lo hace en respuesta a sendos recursos de casación tras varios dictámenes contradictorios a lo largo de los procesos iniciados contra las comunidades de propietarios, uno de ellos en Marbella, que acordaron limitar y condicionar los inmuebles de alquiler vacacional y sus posteriores recursos tras la actualización en 2019 de la Ley de la Propiedad Horizontal. Así, el Pleno de la Sala de lo Civil ha dictado, por unanimidad, dos sentencias en las que por primera vez se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), introducido por un real decreto de 2019. Ese precepto establece que «el acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad (...) requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación». Se descarta, por tanto, que la autorización deba ser por unanimidad.

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