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Control de la DGT en carretera F. P.

Cómo hay que reaccionar si otro vehículo nos acosa en la carretera

Acciones como insultar a otros conductores, echar el corte de manga, verte inmerso en una pelea, o chocar contra otro vehículo y darse a la fuga, están recogidas como infracciones a la Seguridad Vial o como faltas leves o graves en el Código PenalLa DGT sugiere un examen de género para obtener el carné de conducir

A. Noguerol

Martes, 4 de abril 2023, 17:32

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Pegarse al vehículo que circula por delante, adelantarle con gestos hostiles e insultantes y colocarse delante sin distancia de seguridad para obligarle a ... frenar son algunas de las conductas frecuentes que nos podemos encontrar tanto en carretera como circulando por ámbitos urbanos. Se considera acoso y puede ser sancionado con penas de hasta dos años de prisión, además de multas por importe de 500 euros y la detracción de seis puntos en el carné de conducir.

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