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El abogado José Carlos Aguilera, junto al responsable de BlueBay, Jamal Satli. MIGUE FERNÁNDEZ

BlueBay pide a la jueza que dicte una Orden Europea de Detención contra los Al-Thani

La hotelera reduce los delitos y las penas de la Fiscalía para el jeque y sus hijos, mientras que solicita el sobreseimiento para los exdirectivos del Málaga

Viernes, 13 de junio 2025, 10:47

El escrito de acusaciones de BlueBay, que está personada en el 'caso Al-Thani' a través de su empresa Management Empresarial, contempla novedades destacadas. La hotelera, a través de su letrado, José Carlos Aguilera, considera oportuno que la jueza de este procedimiento dicte una Orden Europea de Detención (OED), pues entiende que se dan las condiciones legales para hacerlo. «Esta OED sería efectiva transcurrido un mes desde la fecha de su adopción y notificación a las representaciones procesales de las partes y quedaría sin efecto si en ese plazo (un mes) los acusados comparecen voluntariamente ante el Juzgado de Instrucción número 14 a los efectos de que sean notificados personalmente de las resoluciones designen representación procesal y defensa de su libre elección, y si no lo hicieran el plazo señalado para ello, les sea nombrado de los del turno de oficio y para notificarles todas la resoluciones dictadas...», asegura el documento.

En cuanto a las acusaciones, BlueBay entiende que no son aplicables los tres delitos previstos por la jueza y la Fiscalía, y lo explica de esta manera: «Los hechos relatados pueden ser constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida y de un delito de imposición de acuerdos abusivos. No acusamos por administración desleal porque entendemos que lo que ha habido es una apropiación de fondos del Málaga». El escrito no especifica la petición exacta de penas para los Al-Thani, aunque sería mucho más baja que la acordada por la Fiscalía, que se sitúa en 14 años y seis meses para el jeque y sus hijos.

Y la tercera pata del escrito de BlueBay se centra en los cinco exdirectivos del Málaga que están incluidos en el procedimiento, que son Moayad Shatat, Vicente Casado, Manolo Novo, Joaquín Jofre y Roberto Cano. En este caso, la hotelera llega mucho más lejos y no considera que deban afrontar ningún tipo de acusación. «Solicitamos el sobreseimiento provisional», afirma el documento, a la vez que añade: «Solicitamos también que se dirija el procedimiento contra NAS Football en calidad de responsable civil subsidiaria».

En cuando a la orden de detención, el escrito lo justifica con una amplia argumentación. “El Juzgado de Instrucción número 14 dejaba constancia de la falta de colaboración de las Autoridades Judiciales catarís en orden a cumplimentar las comisiones rogatorias que se habían cursado, incluso tras la intermediación del organismo europeo Eurojust y, en base a ello añadía que, antes los reiterados incumplimientos de dichas Autoridades en materia de cooperación judicial internacional, afirmaba que era necesario dar un paso más en el procedimiento para recibir declaración a los investigados, que pasaría por el dictado de una Orden Europea o Internacional de Detención, con su correspondiente petición de extradición para practicar las diligencias procesales pendientes...”, explica.

Luego analiza las ocasiones en las que han requerido a los Al-Thani para las diferentes actuaciones judiciales de este caso. “No han prestado en ningún momento colaboración alguna para tramitar la causa”, señala. Asimismo hace especial hincapié en que el jeque y sus hijos vuelvan a estar desde hace ya algún tiempo sin abogados que los representen en este asunto. “Han desarrollado una estrategia de defensa basada en no tener defensa, que es también expresión de su deliberada y contumaz voluntad de sustraerse a la acción de la justicia, intentando ‘ignorar’ la querella y su posición de ‘querellados-investigados’ en la misma”, sostiene el escrito.

De esta manera justifica BlueBay la necesidad de apostar directamente por esta orden para acelerar el proceso, pues se intuye en sus explicaciones que tampoco atenderán en esta ocasión las peticiones que se realicen. “La OED se dictará a los efectos del art. 1 de la Ley 3/2003, esto es, para su detención por el estado miembro en el que sean hallados, su extradición a España y puesta a disposición de este juzgado. Las órdenes de detención no sólo garantizan el cumplimiento de las leyes, sino que también protegen los derechos fundamentales, asegurando un equilibrio entre la justicia y la legalidad en los procesos de extradición”, concluye.

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