Archivan la denuncia por malos tratos contra el concejal Jacobo Florido
Tribunales. ·
La magistrada pide que se investigue en otro juzgado a la expareja del edil por un presunto delito de violencia domésticaEl Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Málaga ha archivado de forma provisional la denuncia por malos tratos presentada por su expareja ... contra el concejal de Turismo, Recursos Humanos y Puerto de la Torre de la capital, Jacobo Florido, tras el cruce de acusaciones mutuas por presuntas agresiones físicas y verbales.
En el auto de la jueza María del Carmen Gutiérrez Henares al que tuvo acceso a este periódico se concluye que de las diligencias practicadas «no aparece suficientemente justificada la perpetración de delito» por el que se acusaba a Florido, aunque la magistrada sí pide que se investigue en otro juzgado, al no ser el suyo competente en la materia, a la expareja por un presunto delito de violencia doméstica.
Los hechos se remontan a enero de 2024 cuando hubo un cruce de denuncias entre ambos por presuntas agresiones y amenazas que, en algunas ocasiones y según relataron, tuvieron lugar en presencia de sus hijos menores. Un caso que llevó a los grupos de izquierda en la oposición en el Ayuntamiento a pedir la dimisión de Florido. Así lo hicieron tanto el portavoz del PSOE, Dani Pérez, y la hoy portavoz adjunta de Con Málaga, Toni Morillas.
PSOE y Con Málaga pidieron la dimisión del edil de la capital cuando se conocieron las denuncias mutuas en enero de 2024
En la denuncia que dio lugar al caso y según recoge el auto, la expareja expuso que había sido agredida verbalmente «de forma continua y habitual» por parte de Florido «profiriéndole éste insultos y amenazas así como sometiéndole a una situación constante de humillación» habiendo llegado a agredirle físicamente «en varias ocasiones, principalmente con empujones hasta el extremo de que en agosto de 2023» el edil, según la versión de la mujer, «cogió un cuchillo y le agredió pinchándole en la zona del abdomen». Mientras que el concejal negó haber agredido a su expareja y manifestó que fue quien había sido objeto de agresión tanto física como verbal aduciendo haber recibido «de forma continua y habitual desde el año 2021 amenazas graves contra su vida e integridad» por parte de su entonces pareja.
Ante estas denuncias, el juzgado inició las diligencias instructoras. En el caso de la toma de declaración a las dos partes, el auto concluye que se está ante un supuesto de declaraciones «absolutamente contradictorias entre las partes» de las que sólo se pude inferir «la existencia de una relación de pareja de las que pudiéramos denominar tóxicas, en la que ha existido una situación constante de falta de respeto con carácter recíproco que no tiene por qué conllevar ni conlleva relevancia penal».
Testigos y pruebas documentales
Respecto a las declaraciones de los testigos, la jueza concluye que no pueden ser consideradas como indicios objetivos, racionales y suficientes para poder determinar por sí solas la continuación de la causa al entender que estos testigos han sido «utilizados como instrumento para coaccionar o amenazar el comportamiento de un progenitor por parte del otro».
Del análisis de los correos electrónicos, las grabaciones y conversaciones investigadas, el auto recoge que se observan «una serie de amenazas graves, injurias y vejaciones, e incluso indicios de posible agresión física» por parte de la expareja contra el concejal. «Tales manifestaciones en cierto modo han sido reconocidas por (la expareja) si bien indicando ésta que se llevaron a cabo en un alto estado de excitación y provocadas de forma intencionada por el señor Florido, sin embargo, ni consta indicios de dicha provocación ni consta acreditado o justificada alteración patológica de carácter psicológico o psiquiátrico en la expareja que pudiera eximirle» de esa responsabilidad.
Sobre los informes médicos forenses de lesiones físicas, del remitido por la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIVG) se concluye que «no es posible constatar la existencia de violencia física habitual durante la relación de pareja» y añade que se constata «la existencia de una relación deteriorada de carácter tóxico y disfuncional con múltiples factores contribuyentes, si bien no se evidencia la reiteración habitual de episodios de maltrato» y que «no se detecta la presencia de indicadores sociales compatibles con una relación de maltrato».
«No existe debidamente justificada la perpetración de los delitos de malos tratos imputado a Florido», recoge el auto
El auto prosigue que de dicho informe se extrae «la ausencia de indicios racionales del posible delito de malos tratos habituales» denunciado por la expareja del concejal y a su vez «tampoco puede constatarse una situación de violencia física» ni de forma habitual ni sobre una supuesta agresión física con arma blanca que le habría provocado a la mujer una herida en el abdomen. «En relación a dicha supuesta agresión tan sólo existe como elemento indiciario que la sustente unas fotografías efectuadas por la víctima, sin data alguna (...) En modo alguno se pueden considerar indicio objetivo bastante puesto que no se puede determinar de forma indiciaria objetiva que se correspondan con tales hechos, la data y el nexo de causalidad al no estar sustentado en ningún elemento periférico objetivo con relevancia bastante como pudiera haber sido un informe de asistencia sanitaria, cuya asistencia hubiera sido coherente a la vista de la gravedad del relato que se vierte por la denunciante».
Frente a ello el auto sí recoge que consta un informe de la asistencia sanitaria en relación a las agresiones físicas denunciadas por Jacobo Florido en enero de 2024 «coincidente en tiempo y en objeto con el relato denunciado de una de las agresiones físicas, objetivándose ya desde el inicio en dicho informe un menoscabo compatible con el relato de los hechos denunciados» por el concejal.
En base a la investigación, la jueza concluye que «no existe debidamente justificada de forma indiciaria la perpetración de los delitos de malos tratos habituales, amenazas, maltrato y delito leve de vejaciones imputado a Jacobo Florido Gómez, a diferencia de lo que se ha referido» en relación a su expareja.
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